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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Martes, 12 de junio de 2018 Pág. 28814

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (DSP 316/2017).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos 316/2017 a instancia de Rosario Huertas Garabana contra las empresas Servicios Integrales Breamo, S.L.U., A.F. Aspon, S.L., Asesoría Pontedeume, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, en los que recayó Diligencia de ordenación, de fecha 27 de marzo de 2018 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Diligencia de ordenación.

Letrada de la Administración de justicia:

Rosana Corral García.

En A Coruña a 27 de marzo de 2018.

Habiendo optado Servicios Integrales Breamo, S.L.U. mediante escrito de fecha 27 de marzo de 2018, dentro del plazo fijado por la ley, por la indemnización, acuerdo:

Tener por realizada dicha opción.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumetos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia»

Para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Asesoría Pontedeume, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 23 de mayo de 2018

La letrada de la Administración de justicia