Mediante la Resolución de 11 de diciembre de 2017 (Diario Oficial de Galicia núm. 237, de 15 de diciembre), la Dirección General de la Función Pública convocó un concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo vacantes del cuerpo superior de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, escala superior de finanzas, y del cuerpo de gestión de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, escala técnica de finanzas.
Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 16 de abril de 2018 (Diario Oficial de Galicia núm. 77, de 20 de abril), se hicieron públicas las puntuaciones provisionales de las personas participantes admitidas al concurso.
La base VIII de la convocatoria, relativa a la comisión de valoración, establece en su apartado quinto que «examinadas y resueltas por la comisión las reclamaciones presentadas, se elevará la propuesta definitiva de resolución del concurso. La convocatoria se resolverá por resolución de la persona titular de la Dirección General de la Función Pública, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la que figurarán los destino adjudicados a cada uno de los participantes».
La comisión de valoración, en su reunión del día 21 de mayo de 2018, acordó, una vez vistas las reclamaciones presentadas contra la valoración provisional de méritos, elevar a la Dirección General de la Función Pública la propuesta definitiva de resolución del concurso.
Por razones organizativas y a efectos de mantener el correcto funcionamiento de los servicios públicos se difieren los plazos posesorios derivados de la resolución del concurso.
Por lo expuesto, esta dirección general, al amparo de lo dispuesto en la Orden de la Consellería de Hacienda de 8 de julio de 2013 sobre delegación de competencias en la Dirección General de la Función Pública en materia de convocatoria y resolución de concurso de taslados (Diario Oficial de Galicia núm. 136, de 18 de julio), modificada por la Orden de la Consellería de Hacienda del 26 de agosto de 2013 (Diario Oficial de Galicia núm. 162, de 27 de agosto), y de conformidad con lo previsto en la base VIII.5 de la convocatoria,
DISPONE:
Primero. Hacer públicas las adjudicaciones de puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I a las personas que en él se especifican. Esta información se encuentra a disposición de las personas interesadas en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia http://funcionpublica.xunta.gal, en el epígrafe de <concurso de traslados>.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en la base IX de la convocatoria de concurso de traslados los destinos adjudicados serán irrenunciables salvo que con anterioridad a la finalización del plazo posesorio se obtenga outro destino mediante convocatoria pública, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso, casos en que podrán optar entre los puestos adjudicados, estando obligados a comunicar por escrito la opción seleccionada a la Dirección General de la Función Pública en el plazo de tres días siguientes al de la resolución por la que se abren prazos posesorios.
Los traslados que se deriven de la resolución de este concurso tendrán la consideración de voluntarios por lo que, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y en el artículo 14 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, modificado por el Decreto 166/2013, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, el plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese y será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de siete días hábiles si comporta cambio de residencia.
El cese deberá efectuarse con fecha de 17 de septiembre de 2018.
Si la adjudicación comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes y deberá computarse desde el día 17 de septiembre de 2018.
Cuarto. En aplicación del párrafo tercero de la base I.2.a) de la convocatoria del concurso, relativo a las persoas que están obligadas a participar en el mismo, al personal funcionario de carrera que cumpliendo la obligación establecida en el artículo 97.5 de la LEPG no obtenga plaza consecuencia de la resolución del concurso, le será adjudicado por la Dirección General de la Función Pública, de oficio y con carácter definitivo, un puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo o escala de entre aquellos que quedaran vacantes, por lo que, en consecuencia, se adjudica a María del Sagrario Roel Alonso, DNI 36073479A, el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo II.
La fecha de cese y los plazos de toma de posesión se corresponden con los referenciados en el punto tercero de esta resolución.
Quinto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Hacienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o podrá impugnarse directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2018
José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública