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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Martes, 29 de mayo de 2018 Pág. 26420

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (SSS 602/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento Seguridad Social 602/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Lorena María Hermida Antelo contra Mutua Fraternidad Muprespa, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Antonio González Pérez sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: Seguridad Social nº 602/2016

Demandante: Lorena María Hermida Antelo

Letrado: Sr. Nogueira Esmorís

Demandados: INSS

Letrada: Sra. Guerra Díaz

Mutua Fraternidad Muprespa

Letrada: Sra. Ojea Castro

Antonio González Pérez

Letrado:

Sentencia 125/2018.

A Coruña, 2 de mayo de 2018.

Fallo:

1. Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Lorena María Hermida Antelo, en ejercicio de la acción de reclamación de cantidad por prestación de incapacidad temporal derivada de contingencia común, contra la empresa Antonio González Pérez y frente a la Mutua Fraternidad Muprespa y en consecuencia:

– Condeno a la empresa Antonio González Pérez, como obligada directa, a que abone al actor en su totalidad la prestación por incapacidad temporal en cantidad de 2.635,22 euros con la obligación de Mutua Fraternidad Muprespa de anticipar inmediatamente a la demandante dicho pago, sin perjuicio de su derecho de repetir contra la empresa condenada con la subrogación en los derechos y acciones de los beneficiarios.

– Absuelvo al INSS de los pedimentos dirigidos en su contra.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Firmado. Javier López Cotelo.

Publicada en el día de su fecha.

Firmado. Marta Yanguas del Valle.

Para que sirva de notificación en legal forma a Antonio González Pérez, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 2 de mayo de 2018

La letrada de la Administración de justicia