La persona titular del Servicio de Movilidad de Pontevedra acordó la incoación del expediente sancionador PO-00246-O-2018 y de cuatro más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.
Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decidan voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
Pontevedra, 25 de abril de 2018
José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra
ANEXO
Expediente Matrícula |
Denunciado DNI/CIF |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto |
Precepto |
Sanción propuesta |
PO-00246-O-2018 4442-HHM |
Tamara Jabasini Cañizares 47528206V |
No levar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 26.10.2017; 18.38; N-550; 145,0 |
Art. 142.8 de la LOTT |
Art. 143.1.b) |
201 euros |
PO-00628-S-2018 1130BPH |
Diego José Glez. Larrañaga 36095543X |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 24.11.2017; 10.30; avda. Madrid con calle Gandarón |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-00740-O-2018 1618-FZY |
Manuel Álvarez Rodríguez 13051358P |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 22.11.2017; 09.05; A-55; 1,3 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-00741-O-2018 0061-BRD |
Manuel Álvarez Rodríguez 13051358P |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 27.11.2017; 13.37; PO-511; 0,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-01883-O-2017 PO-7005-AX |
Óscar Alonso Bastos 76996726V |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 10.4.2017; 20.13; A-55; 18,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |