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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Miércoles, 23 de mayo de 2018 Pág. 25621

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (PO 157/2017).

Procedimiento ordinario (PO) 157/2017

Sobre: ordinario

Demandante: Manuel Mato Vicente

Abogada: Ana Isabel Lorenzo Fraga

Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Micar Estrada de Construcciones, S.L.

Abogados: letrado de Fogasa, (…)

Yo, Alberto López Luengo, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento 157/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Mato Vicente contra la empresa Micar Estrada de Construcciones, S.L., sobre ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 9 de noviembre de 2017, que se encuentra a su disposición en la oficina judicial. Contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme establecen los artículos 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social, debiendo anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, debiendo de consignar la recurrente, con la interposición del recurso y con las excepciones previstas en el artículo 229 del texto citado, la suma de 300 euros en la cuenta que este juzgado tiene abierta en la oficina principal de Banesto de esta ciudad, bajo la denominación Depósitos y consignaciones, con el número 5081, especificando la clave 65 al tratarse de un recurso de suplicación.

Asimismo, y con la excepción prevista en el artículo 230 del texto mencionado, será indispensable acreditar en el momento del anuncio del recurso tener consignado en la cuenta anteriormente citada la cantidad objeto de condena, si bien puede procederse a asegurar la suma por medio de aval bancario, con responsabilidad del avalista.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Micar Estrada de Construcciones, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 30 de abril de 2018

El letrado de la Administración de justicia