Visto el acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2018 del convenio colectivo de la empresa Norte Forestal, S.A. (código 82000612012001), que se suscribió entre la representación empresarial y la representación sindical del convenio colectivo de la empresa Norte Forestal, S.A. en la reunión celebrada el 12 de marzo de 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Secretaría General de Empleo
RESUELVE:
Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (Regcon).
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 16 de abril de 2018
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo
En Pontevedra a 12 de marzo de 2018.
REUNIDOS:
De una parte, actuando en nombre y representación de Norte Forestal.
• María José Zueras Saludas.
• Patricia Vázquez Otero.
De otra parte, la representación legal de los trabajadores de Norte Forestal, S.A.
José Carlos Rodríguez López (CC.OO.).
Ambas partes comparecen y, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente acta, establecen al efecto los siguientes:
Antecedentes:
I. Que el convenio colectivo de la empresa Norte Forestal, S.A. 2004-2008, suscrito en fecha 23 de julio de 2004, aun habiendo finalizado su vigencia de conformidad con lo establecido en el artículo 4, se considera tácitamente prorrogado de conformidad con lo establecido en su artículo 5.
II. Que las partes firmantes del presente acuerdo entablaron negociaciones al objeto de efectuar una revisión salarial sobre las tablas y conceptos retributivos previstos en el convenio colectivo, y a tal objeto
ACUERDAN:
Primero. El ámbito de aplicación del presente acuerdo afecta exclusivamente a aquellos trabajadores incluidos en el ámbito personal de aplicación del convenio colectivo de la empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del convenio colectivo de Norte Forestal, S.A. Esto es, el presente acuerdo afectará a todos los trabajadores que pertenezcan a la plantilla de Norte Forestal, S.A., a excepción de aquel personal directivo, técnico o asimilado que tenga suscrito un contrato individual de trabajo y que está excluido por sus condiciones personales pactadas.
Segundo. Las partes fijan un acuerdo de actualización salarial del 12,10 % con efectos 1 de enero de 2018 que será de aplicación a los siguientes conceptos salariales:
1. Tablas salariales anexo 1.
2. Tablas salariales anexo 2.
3. Complemento asistencia.
4. Ayudas escolares (artículo 17 Ccol., apdo. Beneficios sociales).
5. Nupcialidad y natalicio (artículos 18 y 19 C.col., apdo. Beneficios sociales).
6. Importe regalo navidad (artículo 20 C.col., apdo. Beneficios sociales).
7. Ayuda economato (artículo 21 C.col., apdo. Beneficios sociales).
Se acompañan al presente acuerdo como anexo I, las tablas salariales correspondientes al incremento del 12,10 % sobre todos los conceptos reflejados en el presente acuerdo.
Tercero. Paga no consolidable
Los trabajadores eventuales en alta a 31 de diciembre de 2009 (que no están de alta todo el año) afectados por el presente acuerdo recibirán una paga no consolidable en un solo pago de 200 € a la firma del convenio. Para los trabajadores indefinidos a 31 de diciembre de 2009 (de alta todo el año), dicha paga ascenderá a 350 €.
Cuarto. Subida 2019 y 2020
Las partes acuerdan que, en caso de no mediar denuncia del convenio colectivo en los dos próximos años (2019 y 2020), se aplicará la subida del IPC desde enero 2019 (considerando el IPC de 2018) y en 2019 (considerando el IPC de 2018).
Quinto. Retroactividad de los acuerdos
Las partes acuerdan retrotraer los efectos del presente acuerdo al 1 de enero de 2018. La actualización y los atrasos se realizarán con la nómina del mes de abril del año 2018.
Para que así conste, se firma el presente acuerdo por duplicado ejemplar en Pontevedra a 12 de marzo de 2018.
Sexto. Autorización de registro
Ambas partes autorizan expresamente a Vicente Fernández Victoria (DNI 36175579Y), asesor externo de la empresa, para realizar cuantas gestiones estime pertinentes de cara al Registro del presente acuerdo en la plataforma informática Regcon.
ANEXO
Tabla 2018
Nivel |
Valor 2018 |
Valor 2018 año |
D4 |
888,82 |
12.443,54 |
D3 |
934,59 |
13.084,24 |
D2 |
986,52 |
13.811,24 |
D1 |
1.039,28 |
14.549,87 |
C4 |
1.092,84 |
15.299,77 |
C3 |
1.145,58 |
16.038,17 |
C2 |
1.198,33 |
16.776,67 |
C1 |
1.251,90 |
17.526,57 |
B4 |
1.312,37 |
18.373,13 |
B3 |
1.384,54 |
19.383,59 |
B2 |
1.471,84 |
20.605,74 |
B1 |
1.545,43 |
21.636,01 |
A3 |
1.622,69 |
22.717,70 |
A2 |
1.721,80 |
24.105,21 |
A1 |
1.807,89 |
25.310,46 |
ANEXO III
Tabla II 2018
Categoría |
Salario base |
Incentivo |
Plus comida |
Plus dedicación |
Total día |
Peón viveros |
32,55 |
4,43 |
4,52 |
0,00 |
41,49 |
Peón forestal |
35,16 |
5,01 |
4,53 |
0,00 |
44,70 |
Peón especialista |
36,59 |
4,46 |
4,53 |
0,00 |
45,58 |
Jefe de cuadrilla |
39,49 |
4,49 |
4,53 |
4,23 |
52,75 |
Operador de maquinaria |
40,23 |
9,33 |
4,53 |
0,00 |
54,10 |
Encargado forestal |
43,95 |
4,40 |
4,48 |
4,32 |
57,15 |
Otros conceptos |
Valor 2018 |
|
Artículo 25 |
Asistencia |
77,87 |
Artículo 17 |
Ayuda escolar grupo 1 |
156,02 |
Ayuda escolar grupo 2 |
195,02 |
|
Ayuda escolar grupo 3 |
243,78 |
|
Ayuda escolar grupo 4 |
304,73 |
|
Artículo 18 |
Nupcialidad |
636,53 |
Artículo 19 |
Natalicio |
318,26 |
Artículo 20 |
Navidad |
188,74 |
Artículo 21 |
Economato |
95,94 |