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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 7 de mayo de 2018 Pág. 23478

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria para la provisión de un puesto del Ayuntamiento de Santiago de Compostela por el procedimiento de libre designación.

Mediante el Decreto de la Alcaldía, de 14 de febrero de 2018, el Ayuntamiento de Santiago de Compostela aprobó la convocatoria y las bases para la cobertura, por el sistema de libre designación, del puesto de secretaría de clase 1ª denominado secretario/a general del Pleno, reservado al personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, que, tras la tramitación del oportuno expediente, la remitió a la Dirección General de Administración Local para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y posterior remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública a efectos de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Con base en el informe propuesta del jefe del Servicio de Régimen Jurídico y Gestión de Funcionarios con Habilitación Nacional, y teniendo en cuenta las competencias conferidas por el artículo 15.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y el artículo 20 del Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia,

RESUELVO:

Dar publicidad a la convocatoria y a las bases que regirán la misma, recogidas como anexo a esta resolución, para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de secretario/a general del Pleno, reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional cuyas bases se adjuntan a este anuncio:

Corporación: Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Puesto: secretario/a general del Pleno.

Subescala: secretaría.

Categoría: superior.

Nivel complemento de destino: 30.

Complemento específico anual: 35.079,96 euros.

Requisitos: los recogidos en las bases que figuran como anexo.

Conocimiento de la lengua gallega: en los términos del Decreto 103/2008, de 8 de mayo.

Santiago de Compostela, 18 de abril de 2018

Marta Fernández-Tapias Núñez
Directora general de Administración Local

ANEXO
Bases que han de regir la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de secretario/a general del Pleno

Objeto:

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, establecido en el artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en los artículos 19 y 36 y siguientes del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, el puesto de secretario/a general del Pleno del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría superior.

Corporación:

Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Denominación y clase del puesto:

Secretaría general del Pleno, reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de secretaría, categoría superior.

Características del puesto:

4.1. El puesto a proveer está incluido en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Junta de Gobierno Local y publicada en el BOP de A Coruña de 27 de mayo de 2011.

4.2. El complemento de destino asignado al puesto es el correspondiente al nivel 30 y su sistema de provisión el de libre designación.

4.3. El complemento específico anual fijado para el puesto, referido al año 2018, es de 35.079,96 euros brutos.

Requisitos para su desempeño:

Serán requisitos indispensables para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto, en el caso de ser nombrado/a:

Estar integrado/a en la subescala de secretaría, categoría superior. No podrán concurrir a la convocatoria los/las funcionarios/as que se encuentren en las circunstancias establecidas en los apartados a) y b) del artículo 28.2 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero.

Acreditar el conocimiento de la lengua gallega mediante la presentación del Certificado de lengua gallega 4 (Celga 4) o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia. En su defecto, el/la interesado/a deberá realizar una prueba de carácter eliminatorio, a valorar como apto o no apto, destinada a evaluar un grado de conocimiento equivalente al exigido para la obtención del Celga 4 o equivalente (artículo 2 del Decreto 103/2008, de 8 de mayo, por el que se regula el conocimiento del gallego en los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia).

Solicitudes:

Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dentro del plazo de los quince días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, debiendo indicarse en estas, además del contenido mínimo establecido en el artículo 66.1 de la citada Ley 39/2015, el número de registro personal, la situación administrativa en la que se encuentre el/la solicitante y su destino, y deberán venir acompañadas de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la base 5.

Junto con las solicitudes, los/las aspirantes aportarán su curriculum vitae, en el que constarán los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados y otros méritos que estimen oportuno poner de manifiesto, con la correspondiente documentación acreditativa.

Nombramiento:

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía Presidencia dictará en el plazo de un mes, en su caso y tras verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases, la resolución correspondiente, que deberá estar motivada con referencia al cumplimiento de los requisitos, la observancia del procedimiento, la competencia para el nombramiento, los concretos criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento y las condiciones personales y profesionales tenidos en cuenta para apreciar la mayor idoneidad del funcionario nombrado, y de la que dará cuenta al Pleno de la Corporación, así como traslado a la Dirección General de Administración Local de la Xunta de Galicia para anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Tomas de posesión:

Los plazos para la toma de posesión serán los establecidos en el artículo 34 del Decreto 49/2009; en consecuencia, será de tres días hábiles, tratándose de puestos de trabajo en la misma localidad, o de un mes en caso contrario. Dichos plazos se contarán a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución sobre el nombramiento en el Boletín Oficial del Estado.

Impugnación:

Contra la presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella los/las interesados/as podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, en los términos y plazos señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación), o directamente recurso contencioso-administrativo en los términos y plazos señalados en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (dos meses contados a partir de la misma fecha).

Segundo. Remitir la presente convocatoria a la Dirección General de Administración Local de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia para su publicación y realización de los trámites posteriores previstos en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.