Tipo y nº de recurso: RSU recurso de suplicación 3416/2016 IP
Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 119/2016 Juzgado de lo Social número 4 de Vigo
Recurrente: Ihor Yaremchuk
Abogada: Raquel Dios Almeida
Recurridos: Fogasa, Fachadas Aifer, S.L.
Abogado: letrado de Fogasa,
Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la sección primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3416/2016 de esta sección, seguido a instancia de Ihor Yaremchuk contra Fogasa, Fachadas Aifer, S.L., sobre despido disciplinario, por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, se ha dictado la siguiente resolución:
La sala acuerda: declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la letrada Da Raquel Dios Almeida, en nombre y representación de Ihor Yaremchuk, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 7 de diciembre de 2016, en el recurso de suplicación número 3416/2016, interpuesto por Ihor Yaremchuk, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de los de Vigo de fecha 5 de mayo de 2016, en el procedimiento nº 119/2016 seguido a instancia de Ihor Yaremchuk contra Fachadas Aifer, S.L., y el Fogasa, sobre despido.
Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos. Siguen las firmas y la publicación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Fachada Aifer, S.L., en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 28 de marzo de 2018
La letrada de la Administración de justicia