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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 26 de abril de 2018 Pág. 22355

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2018 por la que se delegan competencias en las personas titulares de la Dirección General y de las jefaturas territoriales de este organismo, así como en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda.

El Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, que fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, establece en su artículo 4.b).2 que queda adscrito a la Consellería de Infraestructuras y Vivienda el organismo autónomo Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS). Por su parte, el párrafo primero de la disposición adicional novena del citado decreto determina que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.

La actividad administrativa del IGVS implica una concentración de funciones en la persona titular de la Presidencia del organismo que aconseja recurrir a la delegación de competencias en otros órganos, sin olvidar los principios que informan la actividad administrativa, contemplados en el artículo 103.1 de la Constitución y dentro del riguroso respeto a las garantías jurídicas.

Con esta delegación de competencias se pretende definir un marco claro de actuación que favorezca la celeridad, la eficacia y la eficiencia en el desempeño de las tareas que el IGVS tiene encomendadas.

Por todo ello, al amparo de lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; en los artículos 6 y 7.2 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia; en el Decreto 97/2014, de 24 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del IGVS, y demás disposiciones de general aplicación,

RESUELVO:

Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General del IGVS

Se delega en la persona titular de la Dirección General del IGVS el ejercicio de las siguientes competencias:

a) Las competencias que para contratar tiene atribuidas la persona titular de la Presidencia del IGVS.

b) La cesión de viviendas de promoción pública a aquellos ayuntamientos que hubiesen cedido gratuitamente el suelo preciso para su promoción, así como la enajenación de viviendas de promoción pública a los ayuntamientos donde estén ubicadas.

c) La resolución de los recursos potestativos de reposición que se interpongan contra las resoluciones dictadas por la persona titular de la Dirección General del IGVS en virtud de esta delegación.

Segundo. Delegación de competencias en las personas titulares de las jefaturas territoriales del IGVS

Se delegan en las personas titulares de las jefaturas territoriales del IGVS las competencias siguientes:

a) La resolución de los expedientes relativos a las subrogaciones, en la posición de la persona arrendataria, en los contratos de arrendamiento de las viviendas de promoción pública o de las viviendas en régimen de acceso diferido a la propiedad.

b) Las resoluciones de los contratos, así como de las adjudicaciones, que realice el IGVS respecto de sus locales.

c) La resolución de los recursos potestativos de reposición que se interpongan contra las resoluciones dictadas por las personas titulares de las jefaturas territoriales del IGVS en virtud de esta delegación.

Tercero. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda

Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda la resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra las resoluciones y los actos administrativos dictados por las personas titulares de la Dirección General del IGVS y de las jefaturas territoriales del IGVS.

Cuarto. Régimen de la delegación de competencias

a) Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en esta resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

b) En cualquier momento, la persona titular de la Presidencia del IGVS podrá avocar para sí el ejercicio de las competencias delegadas por esta resolución.

Quinto. Revocación de delegaciones anteriores

Queda revocada la Resolución de 23 de junio de 2010 por la que se delegan competencias en materia de vivienda y suelo en el director general del IGVS y en los jefes territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, así como las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta resolución.

Sexto. Eficacia de la delegación

Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de abril de 2018

Ethel María Vázquez Mourelle
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo