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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miércoles, 25 de abril de 2018 Pág. 21960

I. Disposiciones generales

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 19 de abril de 2018 por la que se regulan aspectos relativos a la organización de las asignaturas del bachillerato establecido en el Decreto 86/2015, de 25 de junio, para los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Decreto 86/2015, de 25 de junio, establece el currículo de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato para el sistema educativo gallego como desarrollo de la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, de la mejora de la calidad educativa, determina las diferentes modalidades del bachillerato y establece el agrupamiento de las asignaturas en tres bloques: troncales, específicas y de libre configuración autonómica. Se establecen las asignaturas que el alumnado debe cursar en cada una de las modalidades: las generales del bloque de asignaturas troncales, el grupo de asignaturas de opción del bloque de asignaturas troncales de las que el alumnado cursará dos, Educación Física en el primer curso y las asignaturas de libre configuración autonómica, entre las que está Lengua Gallega y Literatura.

La Historia de la Filosofía es una asignatura troncal de opción del segundo curso en la modalidad de bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales que el alumnado puede cursar si la elige de un grupo de cinco asignaturas. Asimismo, el alumnado de las modalidades de Ciencias y de Artes puede cursar la asignatura de Historia de la Filosofía en el segundo curso como materia específica a todos los efectos, de acuerdo con la oferta que realicen los centros.

Con objeto de dar cumplimiento, en el ámbito de sus competencias, al Acuerdo parlamentario de 18 de octubre de 2017 con relación a la asignatura de Historia de la Filosofía, se introducen las siguientes adaptaciones en la normativa que desarrolla el mencionado Decreto 86/2015, de 25 de junio. La asignatura Historia de la Filosofía seguirá impartiéndose en 2º de bachillerato como troncal de opción, y todo el alumnado de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales la cursará de manera obligatoria a través de los itinerarios que organicen los centros. Y, al mismo tiempo, todos los alumnos y las alumnas pueden escoger esta asignatura de 2º como específica, pero los centros educativos la ofertarán obligatoriamente para las modalidades de Ciencias y Artes.

En consecuencia, de conformidad con lo expuesto y en el uso de la habilitación normativa que figura en la disposición final segunda del Decreto 86/2015, de 25 de junio, como conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria,

ACUERDO:

Artículo único. El alumnado cursará en el segundo curso de bachillerato y dentro de la modalidad correspondiente las siguientes asignaturas:

a) Cuatro materias generales del bloque de asignaturas troncales.

b) Dos materias de entre las asignaturas troncales de opción. El alumnado que opte por la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales deberá cursar la asignatura de Historia de la Filosofía.

c) Lengua Gallega y Literatura.

d) Un mínimo de dos y un máximo de tres materias de entre las materias específicas de elección. Los centros ofertarán obligatoriamente la asignatura de Historia de la Filosofía, dentro del grupo de asignaturas específicas, para el alumnado de las asignaturas de Ciencias y de Artes, y será de libre elección para el alumnado.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo

Se faculta a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa para adoptar los acuerdos y dictar las resoluciones que consideren oportunas en el desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de abril de 2018

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria