Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Manufacturas Gallegas del Vidrio, S.L.U.
Domicilio social: Pintor Laxeiro 17, 36500 Lalín.
Denominación: CS polígono industrial Área 33, parcela 19.
Situación: Silleda.
Características técnicas: centro de seccionamiento, con celdas prefabricadas bajo envolvente metálica, con aislamiento y corte en SF6, situado en el polígono industrial Área 33, parcela 19, Silleda.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 23 de febrero de 2018
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra