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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Martes, 3 de abril de 2018 Pág. 18361

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo

EDICTO (620/2015).

Yo, Pilar Sández González, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento ordinario 620/2015 seguido a instancia de Seisrodas Vigo, S.L. frente a Transportes Barrios, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia

En Vigo a 13 de febrero de 2017.

Vistos por mí, Mª Belén Martínez Pato, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo, los autos de juicio ordinario número 620/2015 promovidos por Seisrodas Vigo, S.L., representada por el procurador de los tribunales José Fernández González y asistida por el letrado Alejandro José Fernández González, contra Transportes Barrios, S.L., en rebeldía procesal, autos de los que resultan los siguientes.

Fallo que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la entidad Seisrodas Vigo, S.L., representada por el procurador de los tribunales José Fernández González, contra Transportes Barrios, S.L., en rebeldía procesal, y en consecuencia:

Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de vehículo sin conductor con opción de compra celebrado entre las partes el 1 de agosto de 2014.

Condeno a la demandada Transportes Barrios, S.L. a entregar a la actora el semirremolque frigorífico marca Mirofret con matrícula PO-2865-R con número de bastidor VS9SA3NS4WAO13674.

Condeno a la demandada Transportes Barrios, S.L., al pago de once mil doscientos cincuenta y ocho euros (11.258 euros), con los intereses legales, más las rentas que se devenguen con posterioridad a esta resolución y hasta la efectiva puesta a disposición del semirremolque a la actora.

Condeno a la demandada Transportes Barrios, S.L. al pago de las costas procesales.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y frente a ella cabe interponer en el plazo de veinte días recurso de apelación ante este juzgado del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicha demandada, Transportes Barrios, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Vigo, 6 de junio de 2017

La letrada de la Administración de justicia