Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miércoles, 21 de marzo de 2018 Pág. 16485

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 33/2018, de 1 de marzo, por el que se aprueba el cambio de titularidad de unos ramales de conexión del enlace de la autovía AG-64, en el entorno del punto kilométrico 36+730, con las carreteras DP-7001, DP-7003 y el polígono industrial de Os Airíos, a favor de la Diputación Provincial de A Coruña.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

La Diputación Provincial de A Coruña solicita a la Consellería de Infraestructuras y Vivienda el cambio de titularidad de los ramales de conexión del enlace de la autovía AG-64 con las carreteras DP-7001, DP-7003 y el polígono industrial de Os Airíos, situados en el entorno del p.k. 36+730 de la AG-64, en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez.

Los ramales de enlace con la carretera AG-64 Ferrol (AC-116) - Vilalba (A-8) son los siguientes:

– Ramal de aproximadamente 434 metros de longitud que conecta la DP-7001 y la DP-7003 con la parte sur de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64.

– Ramal de aproximadamente 90 metros de longitud que conecta la DP-7003 con la parte norte de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64.

– Ramal de aproximadamente 274 metros de longitud que conecta la DP-7001 con la parte norte de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64.

Estos ramales fueron construidos junto con la carretera AG-64 para mantener la continuidad de las carreteras DP-7001 y DP-7003 cuyo trazado se vio interrumpido por la construcción de la autovía AG-64.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del ramal de aproximadamente 434m de longitud que conecta la DP-7001 y la DP-7003 con la parte sur de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64; del ramal de aproximadamente 90 m de longitud que conecta la DP-7003 con la parte norte de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64; y del ramal de aproximadamente 274 m de longitud que conecta la DP-7001 con la parte norte de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64, a favor de la Diputación Provincial de A Coruña, aunque seguirá siendo titularidad autonómica el enlace del p.k. 36+730 de la AG-64, incluyendo este enlace la rotonda superior y los cuatro ramales de enlace correspondientes con las entradas/salidas entre el tronco de la AG-64 y la rotonda superior. También se indica que la titularidad autonómica excederá el anillo exterior de la rotonda hasta el vértice de la isleta triangular de cada uno de los enlaces de los ramales de conexión con la rotonda de enlace.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día uno de marzo de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad a favor de la Diputación Provincial de A Coruña:

– Ramal de aproximadamente 434 metros de longitud que conecta la DP-7001 y la DP-7003 con la parte sur de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64.

– Ramal de aproximadamente 90 metros de longitud que conecta la DP-7003 con la parte norte de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64.

– Ramal de aproximadamente 274 metros de longitud que conecta la DP-7001 con la parte norte de la rotonda de enlace del p.k. 36+730 de la AG-64.

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, la Diputación Provincial de A Coruña deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere el presente decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Corresponderán a la Diputación Provincial de A Coruña, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que le pudiese corresponder como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, uno de marzo de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda