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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 20 de marzo de 2018 Pág. 16371

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 21 de febrero de 2018, del Servicio de Movilidad de Pontevedra, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres, devueltos por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente PO-00015-O-2018 y tres más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra acordó la incoación del expediente sancionador PO-00015-O-2018 y tres más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decidan voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

Pontevedra, 21 de febrero de 2018

José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciado

DNI/CIF

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto

calificador

Precepto

sancionador

Sanción propuesta

PO-00015-O-2018

6613-HGZ

Luz Cristina Morales Padilla

Y3168643Q

El exceso igual o superior al 5 por ciento e inferior al 15 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 por ciento.

20.9.2017; 10.25; AP-9; 137,516

Art. 142.2 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

325 euros

PO-03551-O-2017

8536-BDB

Miguel Zurita Rodríguez

77007065Y

Realizar transporte privado de mercancías utilizando un conductor que carece del CAP.

2.9.2017; 17.05; PO-400; 41,1

Art. 140.18 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

2.001 euros

PO-03552-O-2017

8536-BDB

Miguel Zurita Rodríguez

77007065Y

La utilización del tacógrafo sin haber realizado su calibrado o revisión periódica en los plazos y forma establecidos.

2.9.2017; 17.05; PO-400; 41,1

Art. 140.34 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001 euros

PO-03555-O-2017

8536-BDB

Miguel Zurita Rodríguez

77007065Y

La realización de transporte privado careciendo de autorización.

2.9.2017; 17.05; PO-400; 41,1

Art. 141.14 LOTT

Art. 143.1.e) LOTT

601 euros