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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 19 de marzo de 2018 Pág. 16241

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 28 de febrero de 2018, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica el Acuerdo de 5 de septiembre de 2017 relativo a la propuesta de revisión de la descripción del monte vecinal en mano común de A Pedrosa, en el ayuntamiento de Cualedro.

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común adoptó el siguiente acuerdo, basándose en los hechos y consideraciones legales que a continuación se exponen:

Hechos:

Primero. Con fecha 31 de marzo de 2016 usted presentó, como presidente de la junta rectora de la CMVMC de A Pedrosa, un escrito en el registro de la Jefatura Territorial de Ourense (nº 4969/rx 839586) solicitando la revisión de la clasificación del MVMC de A Pedrosa en su límite con propiedades particulares. Con la solicitud se presenta la siguiente documentación:

• Copia de los títulos de propiedad de las parcelas asignadas en la concentración parcelaria de A Xironda-A Pedrosa a favor de la CMVMC de A Pedrosa.

• Certificado del acuerdo tomado en asamblea para que se efectúe la modificación de la cartografía que forma parte de la carpeta ficha de la clasificación del MVMC de A Pedrosa.

• Planos delimitadores del monte afectado.

En cuanto a superficie del monte vecinal, en la solicitud se indica que, una vez modificado el croquis de clasificación, la superficie total del monte sería 454,5 ha.

Segundo. El Servicio de Montes elaboró una propuesta de revisión con fecha 29 de agosto de 2017, en la que hace constar los siguientes aspectos:

La propuesta para la revisión del croquis del MVMC de A Pedrosa, remitida por la CMMVVMC de A Pedrosa, a la cual pertenece, afecta al lindero de la parcela de mayor superficie (situada en la ladera que cara al este baja de la sierra del Larouco) con las fincas propiedad de particulares. Por otra parte, las otras tres parcelas de menor superficie, se vieron afectadas por la reorganización de la propiedad de la zona de concentración parcelaria de A Xironda-A Pedrosa. La revisión del croquis propuesta incluye las fincas de reemplazo adjudicadas al propietario nº 186 (comunal ayuntamiento de Cualedro-parroquia de A Pedrosa).

Las fincas de reemplazo correspondientes a las parcelas catastrales nº 972 y 986 del polígono 502 se incluyen dentro del perímetro de la parcela principal del monte por formar parte de un mismo coto redondo.

Los límites del perímetro de la parcela principal se sitúan, al norte, en el lindero de este MVMC con el MVMC de A Saceda y, al sur, en el lindero con el MVMC de A Xironda. La descripción del perímetro y plano de la carpeta-ficha, incluida en el expediente de clasificación, localiza el límite con el MVMC de A Saceda en el lugar denominado Carballas y el límite con el MVMC de A Xironda en el lugar denominado Esperón.

Desde el Servicio de Montes se entiende que la revisión del croquis propuesta por la CMMVVMC de A Pedrosa se ajusta a esta descripción del perímetro y plano de la carpeta-ficha. No obstante, el perímetro colindante con estos dos montes vecinales en mano común deberá determinarse mediante la realización de un deslinde, según el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

El perímetro colindante de esta parcela de mayor superficie con los predios propiedad de particulares respeta los límites del parcelario catastral, excepto en la parcela 850 del polígono 46, en la cual se excluye una pequeña superficie localizada entre las parcelas 987 y 992 del polígono 502. Desde el Servicio de Montes se proponen que se incluya la parcela catastral completa para hacer compatible este perímetro con la cartografía catastral y cumplir los requerimientos para su inmatriculación en el Registro de la Propiedad, tal como se establece en el punto primero de la citada disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012 y en la Ley 13/2015, de 24 de junio, de reforma de la Ley hipotecaria y de la Ley del catastro inmobiliario.

De la revisión del listado de las parcelas catastrales colindantes que tiene la parcela principal del monte, ordenadas de norte a sur, se observa que debería incluir en segundo lugar la parcela catastral nº 550 del polígono 502 para quedar completo.

La modificación de superficie del acuerdo de clasificación se considera despreciable, teniendo cuenta los errores de medición en el momento de la clasificación y que no se procedió, por el momento, al deslinde con los montes vecinales en mano común colindantes.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, en su disposición transitoria decimotercera, establece el procedimiento de revisión de croquis de montes vecinales en mano común.

De acuerdo con la misma, los croquis de montes vecinales integrados en un expediente que, por su antigüedad, no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas podrán ser objeto de revisión ajustándose y completándose con aquellos datos y documentos que se consideren necesarios, en particular los requeridos para su inmatriculación en el Registro de la Propiedad.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, de acuerdo con la propuesta del Servicio de Montes de fecha 29 de agosto de 2017, acordó por unanimidad el día 5 de septiembre de 2017:

Aprobar la propuesta de revisión de la descripción del monte vecinal en mano común de A Pedrosa, en el ayuntamiento de Cualedro.

Ourense, 28 de febrero de 2018

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Ourense