Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Jueves, 15 de marzo de 2018 Pág. 15447

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2894/2017-RCUD 398/2017-S).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 2894/2017

Juzgado de origen/autos: seguridad social 263/2015. Juzgado de lo Social número 5 de Vigo

Recurrentes: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Blokdegal, S.A., Granitos do Couto, S.A., José Manuel Domínguez Pérez, Graniblock,, S.L.

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Dolores Rodríguez Domínguez, Roberto Rodríguez Domínguez, José Antonio Rodríguez Domínguez, Delia Domínguez Fernández, Granitos Fernández Rodríguez, S.L.

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2894/2017-RCUD 398/17-S de esta sección, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Blokdegal, S.A., Granitos do Couto, S.A., José Manuel Domínguez Pérez, Graniblock, S.L. contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Dolores Rodríguez Domínguez, Roberto Rodríguez Domínguez, José Antonio Rodríguez Domínguez, Delia Domínguez Fernández, Granitos Fernández Rodríguez, S.L., sobre recargo de accidente, se ha dictado resolución que es del tenor literal siguiente:

«Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de justicia M. Asunción Barrio Calle.

A Coruña, 21 de febrero de 2018.

El anterior escrito presentado por la letrada Beatriz Lago Gómez, en representación de Graniblok, S.A., únase al recurso de su razón. Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala. Emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrada ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.

Líbrese certificación de la sentencia dictada por esta sala y alegada de contradicción, que se unirá a la pieza separada de su razón.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 5 de Vigo que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes y hágaseles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Granitos Fernández Rodríguez, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 21 de febrero de 2018

La letrada de la Administración de justicia