Advertido un error en el citado anuncio, publicado en el Diario Oficial de Galicia número 46, de 6 de marzo de 2018, es necesario hacer la oportuna corrección:
Párrafo 4, donde dice: «Contra la resolución del expediente de referencia, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada, ante la conselleira del Mar, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el TEU del BOE, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con la disposición transitoria tercera, apartado c), de la misma ley.», debe decir: «Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado competente de dicha orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en que el interesado tenga su domicilio, o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña, según lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio».