El Pleno del Ayuntamiento adoptó, en sesión ordinaria celebrada el 26 de enero de 2018, el acuerdo que en su parte dispositiva dice lo siguiente:
«Primero. Rectificar el error material detectado en las NSV/1994, considerando la actividad “estación de servicio y repostado de combustible” como una actividad compatible con el uso comercial propio de la ordenanza URLI.
Segundo. La rectificación de este error se tramitará conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, en lo que respecta al régimen competencial y trámite de exposición pública: acuerdo inicial adoptado por el Pleno de la Corporación, información pública por el plazo de dos meses, aprobación provisional por el Pleno de la Corporación y aprobación definitiva por la Administración autonómica.
Tercero. Abrir un período de información pública durante un plazo de dos meses, mediante la inserción de anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor difusión en la provincia. Durante este período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo para que se presenten las alegaciones que se estimen pertinentes».
El período de información pública comenzará a computar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.
Vimianzo, 19 de febrero de 2018
Manuel Antelo Pazos
Alcalde