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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Jueves, 8 de marzo de 2018 Pág. 14091

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2018, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda, por la que se declara a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera abintestato de Agripina Fornos Lugo.

Antecedentes.

Por Resolución de 8 de marzo de 2017 se acordó la incoación del procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Agripina Fornos Lugo (ABI/2016/0001).

La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado (Supl. N. nº 84, de 8 de abril de 2017), en el Diario Oficial de Galicia (DOG nº 67, de 5 de abril de 2017), en la página web de la Consellería de Facenda, y fue expuesta en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Maside, O Carballiño, Beariz y Avión por plazo no inferior a un mes.

Constan en el expediente los correspondientes certificados de defunción y últimas voluntades relativos a la persona causante, en los que se acredita su fallecimiento, el 2 de mayo de 2011 en el municipio de Maside, y que aunque había otorgado testamento el 24 de enero de 1996 a favor de su hermana Dosinda Fornos Lugo, éste resultó ineficaz por premoriencia de la instituida en fecha 14 de febrero de 2008. Asimismo, figura igualmente incorporado certificado de su empadronamiento en el ayuntamiento de O Carballiño, quedando justificada su vecindad civil gallega.

No se han recibido alegaciones, documentos u otros elementos de juicio que cuestionen la sucesión a favor de la Administración autonómica, lo que corrobora el informe emitido al efecto por la Policía Autonómica de Galicia y las manifestaciones de terceras personas unidas al expediente.

De las consultas efectuadas ante el Catastro inmobiliario, en el Índice general informatizado de fincas y derechos del Registro de la Propiedad y en el Registro General de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, así como de la información recabada de diferentes entidades bancarias y por otras fuentes, se determinó, en principio, que al menos forman parte del caudal hereditario de la persona finada los bienes y derechos que se adjudican en el punto segundo de esta resolución, sin perjuicio de la inclusión en la herencia de aquellos otros que se identifiquen con posterioridad a esta declaración como de titularidad de la persona causante.

La Asesoría Jurídica emitió informe sobre la adecuación y suficiencia de las actuaciones practicadas para la declaración de la Comunidad Autónoma como heredera abintestato de la persona causante.

Fundamentos jurídicos.

Ley 2/2006, do 14 de junio, de derecho civil de Galicia, artículos 267 y siguientes.

Código Civil, artículos 657 y siguientes.

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, artículos 20.6, 20 bis y 20 ter.1.

Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, artículos 4 y 56.

Decreto 94/1999, de 25 de marzo, sobre régimen administrativo de la sucesión intestada a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Decreto 30/2017, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda, artículos 4 y 7.

Según lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Agripina Fornos Lugo, con DNI 34498425N, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario.

Segundo. Adjudicar a la Administración autonómica los siguientes bienes y derechos de la herencia identificados:

a) Inmuebles urbanos:

– Piso en la segunda altura a la izquierda subiendo las escaleras generales, denominada B, del edificio denominado Mayte, situado en la rúa Evaristo Vaamonde, antes sin número, hoy nº 32, de la villa de O Carballiño (Ourense). Superficie útil 87 m2. Linda: norte o espalda entrando, ascensor, descanso, caja de las escaleras y vivienda letra A; sur o frente, José Rodríguez González y otros; derecha u oeste, ascensor y calle Evaristo Vaamonde; e izquierda o este, vuelo de la terraza del primer piso. Le pertenece como anexo un trastero en el bajo cubierta, señalado con la indicación propia del piso. Cuota de participación: cuatro coma setenta centésimas. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 6383616NG7968S0006DE.

Valor catastral: 18.319,05 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de O Carballiño, tomo 460, libro 121, folio 158, finca nº 11502.

– Piso en el ático, único del edificio señalado antes con el nº 7 de la carretera de Ourense a Pontevedra, hoy avenida de Pontevedra, nº 41, de la villa de O Carballiño (Ourense). Mide unos 60 m2. Linda según se entra: este o derecha entrando, hall y trasteros o desván; oeste o izquierda; vuelo de la parcela nº 2 y terraza; sur, caseta del ascensor y vuelo de la terraza de la vivienda del piso primero C; norte, Emilio González y vuelo de la terraza de la vivienda del piso primero B. Cuota de participación: cuatro centésimas. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 5887605NG7958N0034LP.

Valor catastral: 15.153,26 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de O Carballiño, tomo 400, libro 82, folio 169, finca nº 11984 bis.

– Solar de unos 142 m2 de superficie, sobre el que se asienta una edificación de piso bajo y ocupa unos 75 m2 de planta, situado en la aldea de Acevedo, nº 12, del municipio de Avión (Ourense). Linda: norte, camino; sur, más de Agripina Fornos Lugo parcela catastral nº 176; este, parcela catastral nº 175 a nombre de herederos de Sara Lugo Cota; y oeste, parcela catastral nº 177 a nombre de Carmen Sisita Pérez Montes y otros. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 001701200NH50B0001FJ.

Valor catastral: 13.878,42 euros.

Inscripción registral: no consta.

– Solar de unos 140 m2 de superficie, sobre el que se asienta una edificación de unos 56 m2 de planta, situado en la aldea de Acevedo, nº 9, del municipio de Avión (Ourense). Linda: norte, camino; sur, parcela catastral nº 157 a nombre de Dolores Morgade Candedo y otros, parcela catastral 171 a nombre de Rosa Quireza Lugo y otros; este, inmueble nº 10 a nombre de herederos de Aurelio Morgade Candedo; y oeste, inmoble nº 8 a nombre de Rosa Quireza Lugo. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 001700900NH50B0001FJ.

Valor catastral: 835,73 euros.

Inscripción registral: no consta.

b) Inmuebles rústicos:

Municipio de Avión (Ourense), identificados por su referencia catastral:

– 32005A040000100000FM

– 32005A040000120000FK

– 32005A042000240000FF

– 32005A042000890000FM

– 32005A043000100000FX

– 32005A043000110000FI

– 32005A043000310000FL

– 32005A043000370000FR

– 32005A043000460000FS

– 32005A043000590000FP

– 32005A043000630000FL

– 32005A043000740000FX

– 32005A043000840000FH

– 32005A043000930000FQ

– 32005A043001020000FR

– 32005A043001070000FE

– 32005A043001250000FL

– 32005A043001550000FQ

– 32005A043001640000FO

– 32005A043001760000FZ

– 32005A043001850000FY

– 32005A043002140000FB

– 32005A043002260000FO

– 32005A043002460000FB

– 32005A043002500000FY

– 32005A043002600000FM

– 32005A043002730000FZ

– 32005A043003360000FU

– 32005A043004830000FM

– 32005A043005200000FD

– 32005A043005320000FW

– 32005A043005460000FO

– 32005A043005500000FK

– 32005A043005520000FD

– 32005A043005570000FS

– 32005A043006660000FQ

– 32005A043006860000FS

– 32005A043007090000FX

– 32005A043007460000FJ

– 32005A045000120000FQ

– 32005A045000290000FS

– 32005A045000420000FY

– 32005A045000880000FD

– 32005A045001090000FT

Municipio de Beariz (Ourense), identificados por su referencia catastral:

– 32012A023000320000UW

– 32012A023000690000UQ

– 32012A023000750000UT

– 32012A023001110000UO

– 32012A023001170000UJ

– 32012A023008810000UK

– 32012A024002080000UT

– 32012A024003200000UJ

– 32012A024003990000UP

– 32012A024004010000UL

– 32012A024004090000UX

– 32012A024004720000UO

– 32012A024007110000UW

– 32012A028007570000UM

– 32012A031006780000UH

c) Contratos y otros efectos bancarios:

– BBVA, cuenta de ahorro: 0182 0635 59 0201507663.

– BBVA, imposición a plazo fijo: 0182 0635 55 0411538534.

– BBVA, depósito de valores: 0182 0635 54 0015478137.

Tercero.– Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda, área temática de Patrimonio, Anuncios, que se puede consultar en el enlace: http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios

Una copia de esta resolución será remitida para su exposición pública, por plazo no inferior a un mes, en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Maside, O Carballiño, Beariz y Avión.

Esta resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Hacienda, de conformidad con los artículos 112.1, 114 y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los que se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho a la herencia o en otros derechos de carácter civil por la declaración de heredera abintestato o la adjudicación de bienes a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia, podrán ejercitar las acciones pertinentes ante el órgano de la jurisdicción civil correspondiente.

Santiago de Compostela, 21 de febrero de 2018

Mª Socorro Martín Hierro
Secretaria general técnica y del Patrimonio
de la Consellería de Hacienda