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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 5 de marzo de 2018 Pág. 12655

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2018, de la Secretaría General de Empleo, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de orquestas de verbena de Galicia.

Visto el acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de orquestas de verbena de Galicia, que fue suscrito el 17 de enero de 2018 por la comisión paritaria conformada por la Asociación Galega de Orquestas (AGO), en representación de la parte empresarial, y CC.OO., UGT-Galicia y CIG, en representación de la parte sindical, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

La Secretaría General de Empleo,

RESUELVE:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (Regcon), creado mediante Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG núm. 222, de 18 de noviembre).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2018

Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo

ANEXO
Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de orquestas de verbena de Galicia

En Santiago de Compostela, a las 17.00 horas de 17 de enero de 2018, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, se reúnen las personas a continuación mencionadas, en presencia de Verónica Martínez Barbero, presidenta del Consejo Gallego de Relaciones Laborales.

Parte empresarial:

Eva Vales Fernández (AGO).

Parte sindical:

María Teresa Pérez Pardo (CC.OO.).

Raimundo Méndez García (UGT-Galicia).

Alejandro Expósito Alonso (UGT-Galicia).

Roberto Alonso Iglesias (CIG).

Pedro Pérez Caride (CIG).

El objeto de la presente reunión es la aclaración e interpretación del artículo 19.1 en relación con el artículo 27, ambos del convenio colectivo del sector de orquestas de verbena de Galicia.

Después del oportuno debate y de la exposición de posturas por todas y cada una de las representaciones presentes, sobre la cuestión objeto de la presente reunión, procede reflejar en el acta los siguientes aspectos:

Esta comisión entiende que o concepto «dieta» recogido en la última línea del número 1 del artículo 19 del convenio es una dieta que pretende compensar el gasto en tal concepto devengado durante el tiempo transcurrido entre la finalización de la sesión vermú hasta la actuación de la noche.

Su importe, 40 €, se recoge en el artículo 27 «Ayuda por sesión vermú» y, por tanto, dicho importe tiene la consideración de dieta y con esa finalidad fue fijada por la mesa negociadora del convenio.

De conformidad con lo reflejado en el párrafo anterior, la ayuda por sesión vermú, que non tiene la consideración de salario, no puede ser objeto de procedimiento de inaplicación del presente convenio colectivo, conforme a lo referido en el artículo 82.3.d) del Estatuto de los trabajadores.

Se delega en Ignacio Bouzada Gil, funcionario habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, para la realización de los trámites de registro, depósito y publicación de la presente acta.

Y non teniendo más asuntos que tratar, finaliza la reunión, a las 18.30 horas del día señalado en el encabezamiento, y se levanta esta acta que firman todos los asistentes en prueba de conformidad.