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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 22 de febrero de 2018 Pág. 11197

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 21/2018, de 8 de febrero, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-308, tramo O Covelo-Raxó (punto kilométrico 8+190 a 11+890), con la clave PO/16/102.06, en el ayuntamiento de Poio.

Antecedentes.

Primero. En fecha 21 de abril de 2017, se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 77) el Anuncio de 12 de abril de 2017 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-308, tramo O Covelo-Raxó (p.k. 8+190 a 11+890), con la clave PO/16/102.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de las alegaciones, informes y certificados presentados, el 21 de diciembre de 2017 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-308, tramo O Covelo-Raxó (p.k. 8+190 a 11+890), con la clave PO/16/102.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto el empleo de modos de transporte no motorizados, la mejora de la movilidad, de la calidad del aire, de la salud, de la igualdad y bienestar, de la economía, del patrimonio y del urbanismo. Todo ello debido a que la carretera PO-308 pertenece a la red primaria complementaria, configura la conexión de la costa entre O Grove, Sanxenxo y Pontevedra, y soporta un importante tránsito de vehículos por su proximidad con el núcleo urbano de Pontevedra y por ser una de las principales zonas turísticas de Galicia.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día ocho de febrero de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo único. Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación para los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-308, tramo O Covelo-Raxó (p.k. 8+190 a 11+890), con la clave PO/16/102.06.

Santiago de Compostela, ocho de febrero de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda