La persona titular del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra acordó la incoación del expediente sancionador PO-01516-S-2017 y dos más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.
Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decidan voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
Pontevedra, 10 de enero de 2018
José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra
ANEXO
Expediente Matrícula |
Denunciado DNI/CIF |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto |
Precepto |
Sanción propuesta |
PO-01516-S-2017 PO0726AB |
Óscar Salgueiro Iglesias 53187418X |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT |
801 euros |
PO-03361-O-2017 7662-HMN |
Logística del Morrazo, S.L. B84587153 |
El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %. 3.8.2017; 19.32; A-52; 281,4 |
Art. 140.23 de la LOTT |
Art. 143.1.h) de la LOTT |
4.000 euros |
PO-03796-O-2017 9838-DSL |
Maribel E. Piedra Torres 77973649S |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. |
Art. 142.8 de la LOTT |
Art. 143.1.b) de la LOTT |
201 euros |