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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Jueves, 1 de febrero de 2018 Pág. 7506

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 12 de enero de 2018 por la que se notifica la resolución del recurso de reposición contra la resolución de 24 de marzo de 2014 (expediente IU2/40/2013-R1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 21 de julio de 2016, dictó resolución por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto por María del Mar Farto Couñago contra la resolución de la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística de 24 de marzo de 2014 por la que declaran ilegalizables las obras de construcción de una vivienda unifamiliar de madera de planta baja sobre una cimentación de hormigón, en el lugar de Borrateiros, nº 4, Figueirido, en el término municipal de Vilaboa, Pontevedra, al resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente, y se ordena su demolición a costa de la interesada, con la prohibición de los usos a los que diesen lugar, confirmando en consecuencia la resolución recurrida, y se alza la suspensión del acto administrativo objeto de impugnación.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a María del Mar Farto Couñago, mediante la presente cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y le sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 12 de enero de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística