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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Martes, 30 de enero de 2018 Pág. 6742

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 1050/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1050/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jesús Lesta Casal contra Segur Ibérica, S.A., Prosenorsa, S.L., el Fondo de Garantía Salarial, la administración concursal Segur Ibérica, S.A. y Landwell-Pricewaterhouse Coopers Tax & Legal Services, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia 678/2017.

A Coruña, 15 de diciembre de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario número 1050/2015 seguidos ante este juzgado a instancia de Jesús Lesta Casal, asistido del letrado Fernando José Méndez Sanjurjo, contra Segur Ibérica, S.A., su administración concursal, Prosenorsa, S.L. y Fogasa, que no comparecen, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes:

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada por Jesús Lesta Casal y condeno a las empresas Segur Ibérica, S.A. y Prosenorsa, S.L. a abonar al actor la cantidad de 492,65 euros.

Se condena a la administración concursal de la empresa a estar y pasar por la declaración en el límite de su responsabilidad legal.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Firmado. Patricia López Arranz.

Publicada en el día de su fecha.

Firmado. Marta Yanguas del Valle.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Segur Ibérica, S.A. y Prosenorsa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia