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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 29 de enero de 2018 Pág. 6382

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (3475/2017).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 3475/2017GA

Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 345/2014 Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

Recurrentes: Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros A Prima Fija, Inizia Ingeniería Prevención y Medio Ambiente, S.L., Markel International Insurance Company Limited Sucursal en España

Abogados: Iuliana Madalina Dendiu, Francisco Martínez Hervas, Francisco Martínez Hervas

Procuradores: Senen Soto Santiago, Patricia Cabido Valladar, Patricia Cabido Valladar

Recurridos: Plus Ultra Seguros Generales y Vida, S.A., Javier Gende García, Govisa Ingeniería y Montajes, S.L., Grupo Ingemetal Ingeniería y Construcciones Metálicas, S.A., Gruinsa Grúas Industriales de Salamanca, S.A., Mantenimientos Industriales Palacín-Ara, S.L., Mipar, S.L., administración concursal de Govisa (Darío Fernández Fernández), administración concursal de Gruinsa (Carlos Álvarez Fernández)

Abogados: José Manuel Amoedo Villar, Andrés Méndez González, Jacobo Farto Bas

Procuradores: Juan Lage Fernández-Cervera, María del Amor Angulo Gascón, María José Giménez Campos

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 3475/2017 de esta sala, seguido a instancia de las empresas Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros A Prima Fija, Inizia Ingeniería Prevención y Medio Ambiente, S.L. y Markel International Insurance Company Limited Sucursal en España contra Plus Ultra Seguros Generales y Vida, S.A., Javier Gende García, Govisa Ingeniería y Montajes, S.L., Grupo Ingemetal Ingeniería y Construcciones Metálicas, S.A., Gruinsa Grúas Industriales de Salamanca, S.A., Mantenimientos Industriales Palacín-Ara, S.L., Mipar, S.L., administración concursal de Govisa (Darío Fernández Fernández) y administración concursal de Gruinsa (Carlos Álvarez Fernández) sobre otros derechos Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos

1. Estimamos en parte los recursos de suplicación interpuestos por Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros, y por Inizia Ingeniería de Prevención y Medio Ambiente, S.L., y Markel Internacional Insurance Company Limited, y revocando en parte la sentencia de instancia, acordamos:

1º. Las dos aseguradoras recurrentes abonarán el interés del artículo 20 LCS objeto de condena en la sentencia de instancia desde la sentencia, y en la cuantía del 20 % anual que fija tal precepto.

2º. Todo ello confirmando el resto de los pronunciamientos de la sentencia de instancia.

3º. Sin condena en costas.

4º. Devuélvanse los depósitos para recurrir, una vez esta sentencia sea firme.

5º. Désele a las consignaciones efectuadas el destino legalmente previsto, una vez esta sentencia sea firme.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Mantenimientos Industriales Palacín-Ara, S.L. Mipar, en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia