Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 343/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Antonio Segade Pulleiro contra la empresa Movilidad y Aparcamientos, S.L., Acvil Aparcamientos, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Fallo que, desestimando íntegramente la demanda interpuesta por José Antonio Segade Pulleiro, contra Movilidad y Aparcamientos, S.L. y Acvil Aparcamientos, S.L., debo absolver y absuelvo a las demandadas de las peticiones deducidas en su contra.
Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.
La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.
Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Movilidad y Aparcamientos, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón de anuncios de este juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia