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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Martes, 23 de enero de 2018 Pág. 5053

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (643/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 643/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Martínez Alvariño, Secundino Dorado Pérez, José Antonio Andrade Conde, José Ángel Lagares Díaz, Silvia López Calvelo, Juan Carlos Mato Gómez contra Edrogal, S.L., con intervención del Fogasa sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia número 658/2017.

A Coruña, 5 de diciembre de 2017

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario número 643/2015 seguidos ante este juzgado a instancia de José Martínez Alvariño, Secundino Dorado Pérez, Silvia López Calvelo, José Antonio Andrade Conde, Juan Carlos Mato Gómez, asistidos y los dos últimos representados por el letrado José Nogueira Esmorís, contra Edrogal, S.L. y Fogasa que no comparecen, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo:

Que, teniendo por desistido a José Ángel Lagares Díaz, debo estimar y estimo la demanda presentada por José Martínez Alvariño, Secundino Dorado Pérez, Silvia López Calvelo, José Antonio Andrade Conde, Juan Carlos Mato Gómez y condeno a la empresa Edrogal, S.L. a abonar a los actores las siguientes cantidades:

José Martínez Alvariño: 11.631,05 euros.

Secundino Dorado Pérez: 11.631,05 euros.

Silvia López Calvelo: 9.571,52 euros.

José Antonio Andrade Conde: 11.631,05 euros.

Juan Carlos Mato Gómez: 11.631,05 euros.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Edrogal, S.L., en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 5 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia