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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 22 de enero de 2018 Pág. 4706

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2017/2017 IP).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 2017/2017 IP

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 948/2016. Juzgado de lo Social número 4 de Vigo

Recurrente: Antonio García Mestres

Abogado: Pablo Martí Villar

Recurrido: Fernando Solleiro Diz

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2017/2017 de esta sección, seguido a instancia de Antonio García Mestres contra Fernando Solleiro Diz, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado Sr. Martí Villar, actuando en nombre y representación de Antonio García Mestres, contra la sentencia de dos de marzo de dos mil diecisiete del Juzgado de lo Social número 4 de Vigo dictada en autos 948/2016 seguidos a instancia del recurrente contra la empresa Fernando Solleiro Diz, sobre despido y reclamación de cantidad, por lo que debemos de confirmar y confirmamos en su integridad la resolución recurrida.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal e incorpórese el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Siguen las firmas y la publicación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fernando Solleiro Diz, con último domicilio conocido en la calle Castreliños, nº 1, Vigo, en la actualidad en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia