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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 19 de enero de 2018 Pág. 4294

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 26 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

BDNS (Identif.): 381075.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán acceder a la condición de beneficiaria de las subvenciones objeto de la presente orden:

a) Organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria en agricultura y/o silvicultura.

b) Empresas o industrias transformadoras del sector agrario, alimentario y forestal o del área de energías renovables de origen agrícola y forestal.

2. En la realización de la actividad subvencionada podrán participar, además de los beneficiarios regulados en el apartado 1, los agentes cooperantes, pudiendo adquirir tal condición las siguientes entidades:

a) Productores del sector agroforestal y sus asociaciones y otras organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria.

b) Centros de investigación y experimentación de la Consellería del Medio Rural y centros tecnológicos participados por ella, así como otros centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma.

c) Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.

d) Entidades asesoras en la conservación o uso sostenible de los recursos naturales.

e) Otras entidades con intereses reconocidos en el ámbito rural.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y convocarlos para el año 2018. Su código de procedimiento es MR331A.

En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica o fundamental ni investigaciones independientes.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 26 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018.

Cuarto. Importe

La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 13.02.561A.770.0, código de proyecto 201600217, por un valor total de 1.196.640 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 145.000,00 euros en 2018, 600.820,00 euros en 2019 y 450.820,00 euros en 2020.

De acuerdo con el artículo 25.2 del Decreto11/2009, de 8 de enero, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión de las subvenciones.

2. Se podrán utilizar otros remanentes que pudiesen existir en la misma aplicación de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia. Dicha aplicación presupuestaria podrá ser incrementada con fondos adicionales comunitarios, estatales y de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. Las ayudas están financiadas con fondos Feader en un 75 %, con fondos propios de la Xunta de Galicia en un 22,5 % y con fondos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en un 2,5 %.

La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes presentadas y de la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con los criterios de priorización establecidos en el artículo 16 de la orden.

La intensidad de la ayuda a los proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías será del 80 % de los gastos subvencionables.

La cuantía máxima subvencionada en cada iniciativa de cooperación será de 100.000 euros. No se admitirán proyectos cuya cuantía real de ejecución sea superior a 150.000 euros.

Quinto. Obligación de relacionarse electrónicamente

Tanto la presentación de las solicitudes de ayuda como los demás trámites necesarios para la gestión de este procedimiento administrativo se harán a través de medios electrónicos, en los términos previstos en las bases reguladoras.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2017

Carmen Bouso Montero
Secretaria general técnica de la Consellería del Medio Rural