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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Jueves, 18 de enero de 2018 Pág. 4087

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 22 de diciembre de 2017, por la que se autoriza la transmisión mortis causa de las concesiones administrativas y de las bateas M.P. III y R.P.R. I.

Visto los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas M.P. III y R.P.R. I y de las concesiones administrativas que las amparan, resulta:

a) Antecedentes de hecho.

Primero. Mediante escrito de 16 de noviembre de 2017, Francisca Fernández Sieira en representación de la comunidad de herederos de Manuel Pérez Romero, solicita autorización para transmisión mortis causa de las concesiones administrativas y de las bateas M.P. III y R.P.R. I.

Segundo. La solicitante aporta la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre), y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG núm. 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa, y en forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de María Jesús Pérez Fernández (33221359K), Manuel Pérez Fernández (33234169C) y María Bettina Pérez Fernández (33252706L) de las concesiones administrativas y de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: M.P. III.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 39.

Polígono: B.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 11.11.1975.

Remate de la vigencia: 15.12.2019.

Antiguos titulares: María Jesús Pérez Fernández (33221359K) 50 % privativo, Manuel Pérez Romero y Francisca Fernández Sieira (35384113Q – 35825256L) 50 % ganancial.

Nuevos titulares: María Jesús Pérez Fernández (33221359K) 58,34 % privativo, Francisca Fernández Sieira (35825256L) 25 % privativo, Manuel Pérez Fernández (33234169C) 8,33 % privativo y María Bettina Pérez Fernández (33252706L) 8,33 % privativo.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: R.P.R. I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 126.

Polígono: H.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 23.10.1959.

Remate de la vigencia: 15.12.2019.

Antiguos titulares: María Jesús Pérez Fernández (33221359K) 50 % privativo, Manuel Pérez Romero y Francisca Fernández Sieira (35384113Q – 35825256L) 50 % ganancial.

Nuevos titulares: María Jesús Pérez Fernández (33221359K) 58,34 % privativo, Francisca Fernández Sieira (35825256L) 25 % privativo, Manuel Pérez Fernández (33234169C) 8,33 % privativo y María Bettina Pérez Fernández (33252706L) 8,33 % privativo.

Los nuevos titulares de las concesiones administrativas se subrogan en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 22 de diciembre de 2017

La conselleira del Mar
P.A. (Orden de 8.9.2017)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña