Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 12 de enero de 2018 Pág. 2335

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 14 de diciembre de 2017 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 12 de noviembre de 2015 dictada en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/211/2014-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 7 de noviembre de 2017, resolución por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 12 de noviembre de 2015, recaida en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/211/2014-RP1, por la que se declaraban ilegalizables las obras de construcción de una edificación de planta baja, de una estructura cubierta de madera de planta baja, de otra estructura de madera, situada al lado del cierre de la parcela y de una solera de piedra para aparcamiento de vehículos, en la parcela 123, del polígono 501, en el lugar de O Regueiro, parroquia de San Martiño de Ombreiro, en el término municipal de Lugo.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Delio Cabado Viña, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, el interesado puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2017

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística