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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 12 de enero de 2018 Pág. 2262

IV. Oposiciones y concursos

Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2017 por la que se convoca proceso selectivo para la provisión mediante contrato laboral temporal de tres plazas de titulado/a superior de gestor de proyecto para la Unidad de Desarrollo e Innovación Sanitaria.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS), creada por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, cuenta dentro de sus objetivos estratégicos, con el de gestionar y coordinar proyectos y programas de investigación en materia sanitaria desarrollados por la Consellería de Sanidad, el Servicio Gallego de Salud y otras instituciones.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS) en colaboración con el Servicio Gallego de Salud y con la Consellería de Sanidad, coordinará el proyecto CODIGOMAIS, enmarcado en el programa Interreg-V-A España-Portugal (POCTEP) 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea en su Decisión C (2015) 893, de 12 de febrero de 2015, para el fomento de la cooperación en el espacio transfronterizo entre ambos países.

La Ley 1/2017, de 8 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2017, en su artículo 14, prevé la contratación de personal laboral temporal para la realización de obras o servicios concretos y dotados de presupuesto.

Por lo expuesto, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos (DOG nº 157, de 19 de agosto), esta gerencia

RESUELVE:

Anunciar la convocatoria de un proceso selectivo para la provisión mediante contrato laboral temporal de tres efectivos para trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo CODIGOMAIS, enmarcado en el programa Interreg-V-A España-Portugal (POCTEP) 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea en su Decisión C (2015) 893, de 12 de febrero de 2015, para el fomento de la cooperación en el espacio transfronterizo entre ambos países, y aprobar las bases que regirán el proceso.

Las bases reguladoras del indicado proceso se incluyen como anexo I de esta resolución.

Para participar en esta convocatoria los/las interesados/as utilizarán el modelo de solicitud que se incluye en el anexo II.

Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2017

La Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud
P.S. (Acuerdo de 30.6.2017)
Luis Ángel León Mateos
Director del Área de Planificación y Promoción de la Investigación Sanitaria

ANEXO I
Bases de la convocatoria

De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el artículo 15 del Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 157, de 19 de agosto), la Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, en el ejercicio de las competencias atribuidas, dispone publicar las siguientes bases para la selección de tres efectivos de personal laboral temporal para trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo CODIGOMAIS, enmarcado en el programa Interreg-V-A España-Portugal (POCTEP) 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea en su Decisión C (2015) 893, de 12 de febrero de 2015, para el fomento de la cooperación en el espacio transfronterizo entre ambos países.

Primera. Normas generales

1. Número y características de las plazas.

Al amparo del artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se convoca proceso selectivo para la contratación de tres efectivos (gestor de proyecto de innovación, gestor de proyecto de investigación y gestor de comunicación) personal laboral temporal (grupo I, categoría 4) con una de las titulaciones de grado (o licenciado) recogidas en el apartado 2.3 de las presentes bases.

Las personas seleccionadas van a trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo CODIGOMAIS. El proyecto pretende la creación de un Ecosistema Transfronterizo de Innovación en el ámbito de la salud en el área de Cooperación Galicia-Norte de Portugal, que impulse la cooperación según el modelo de la cuádruple hélice y la valorización de la investigación orientada al mercado.

Se persiguen tres objetivos específicos:

1º. Favorecer el flujo de información de soluciones tecnológicas, en el área de cooperación, tanto del lado de la demanda como de la oferta.

2º. Potenciar un ecosistema de fomento de la I+D+i sanitaria orientado los resultados de investigación hacia el mercado.

3º. Potenciar un ecosistema conectado internacionalmente.

En concreto, las personas seleccionadas se contratan para la realización de las siguientes funciones:

– Gestor de innovación:

1) Apoyo y coordinación de la puesta en marcha del ecosistema de innovación.

2) Preparación, organización y dinamización de reuniones con el resto de socios y otros agentes implicados.

3) Preparación de informes, publicaciones y hojas de cálculo para el control presupuestario global del proyecto.

4) Apoyo y coordinación de las actividades relacionadas con la gestión de innovación en servicios sanitarios.

5) Apoyo en la elaboración del informe de resultados sobre experiencias piloto de innovación en procesos para la mejora de la calidad y eficiencia con prácticas de co-creación.

6) Apoyo en la elaboración de la Guía metodológica para la realización de proyectos de innovación en procesos para la mejora de la calidad y eficiencia basadas en la innovación social.

7) Apoyo en la elaboración del plan de viabilidad de la escuela Lean Healthcare.

– Gestor de investigación:

1) Gestión y coordinación de las actividades de investigación.

2) Coordinación de las tareas de dinamización de la I+D+i en colaboración con los diferentes socios.

3) Apoyo en la identificación de proyectos de I+D+i en el ámbito sanitario con potencial para llegar al mercado y definir rutas de valoración detalladas.

4) Apoyo en la elaboración de los itinerarios de valorización y alineamiento al mercado de los proyectos seleccionados.

5) Apoyo en la elaboración de los presupuestos, definición de objetivos, identificación de proveedores tecnológicos o colaboradores, etc. para cada uno de los proyectos de I+D+i identificados.

6) Apoyo en la elaboración del informe de resultados sobre los proyectos participantes en el itinerario de valorización.

– Gestor de comunicación:

1) Identificación de grupos objetivo y definición de la estrategia de comunicación global.

2) Elaboración del manual de publicidad para la promoción y divulgación del proyecto.

3) Elaboración de material promocional (trípticos, plóters, pósters, carpetas y bolígrafos, por socio y descriptivos de las actividades del proyecto).

4) Gestión y coordinación de los flujos de comunicación de los grupos de trabajo y socios del proyecto.

5) Preparación de documentación y materiales gráficos de comunicación.

6) Elaboración y difusión de notas de prensa.

7) Elaboración y difusión de la Newsletter on line.

8) Gestión de la página web.

9) Gestión de las redes sociales (LinkedIn, Facebook, Twitter).

10) Organización de eventos.

• Número de efectivos: 3.

• Centro directivo: el centro directivo es la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud adscrita a la Consellería de Sanidad a través del Servicio Gallego de Salud, en Santiago de Compostela, aunque tendrá que hacer desplazamientos a países de Europa, principalmente al Norte de Portugal por motivos de su trabajo.

• Duración: desde su formalización hasta un máximo de 1 año y 10 meses.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017, la duración del contrato queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria que corresponda, computado siempre en su proyección anual.

2. Retribuciones.

Las retribuciones serán las establecidas para el grupo correspondiente de acuerdo con la estructura salarial definida en los artículos 25 y 26 del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, en la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017, desarrollada en la Orden de 3 de julio de 2017 (DOG núm. 130, de 10 de julio) por la que se dictan instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica para el año 2017 y se actualiza con efectos de 1 de enero de 2017 la cuantía de las retribuciones.

3. Modalidad de contrato.

Las personas seleccionadas firmarán un contrato de trabajo de obra o servicio determinado siguiendo las prescripciones de los artículos 15 y 17 del RDL 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, al amparo del Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, y demás legislación vigente que resulte de aplicación.

4. Incompatibilidades.

Las personas contratadas estarán sometidas al régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y demás disposiciones complementarias.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos en el proceso de selección, los/las aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral temporal los siguientes requisitos, excepto el certificado médico referente a lo recogido en el punto 2.5, que deberá acreditarse en el momento de la contratación.

1. Nacionalidad.

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.

c) Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores/as.

d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En las mismas condiciones podrán participar sus descendentes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

e) Tener residencia legal en España, en el caso de tratarse de extranjeros no incluidos en los puntos anteriores.

2. Edad.

Tener cumplidos dieciséis años de edad.

3. Titulación académica.

– Estar en posesión de la titulación de grado (o equivalente) en alguna de las siguientes titulaciones: Economía, Derecho, Ciencias Políticas, Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Químicas, Farmacia, Ciencias Biológicas, Medicina, Bioquímica, Biotecnología, Psicología, Enfermería, Ciencias Ambientales, Física, Veterinaria o Ingeniería.

– Nivel de inglés B2 o equivalente de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados publicada el 7 de julio en el Diario Oficial de Galicia y relacionado con la Orden de 21 de junio de 2016, de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 y en la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas de profesorado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de obligación a los aspirantes que habían obtenido el reconocimiento de su calificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

4. Conocimiento del idioma gallego.

Acreditar conocimiento del idioma gallego: Celga 4, título de perfeccionamiento del idioma gallego o estudios equivalentes.

5. Capacidad funcional.

Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

6. Habilitación.

No haber sido despedido/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder a la misma categoría profesional a la cual se pertenecía.

En el caso de nacionales de otros estados, no ser inhabilitado/a, o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.

Tercera. Presentación de solicitudes

De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, además de los/las posibles candidatos/as seleccionados/as por el Servicio Público de Empleo, al que se cursará la oferta genérica de los puestos objeto de esta convocatoria, aquellas personas que deseen tomar parte del presente proceso selectivo deberán presentar la documentación que a continuación se señala, teniendo en cuenta que en el supuesto de que los documentos sean fotocopias, estas tendrán que estar debidamente compulsadas:

a) Instancia. Según el modelo contenido en el anexo II que acompaña a estas bases.

b) Curriculum vitae, pormenorizado y debidamente justificado, donde se acredite su trayectoria y experiencia profesional, así como los títulos, cursos y diplomas obtenidos que se valorarán, en su caso, en el proceso de selección.

c) Fotocopia compulsada de la o las titulaciones académicas obtenidas, que, en el caso de haberse obtenido en el extranjero, deberán estar homologadas en España.

d) Acreditación de la posesión de un certificado, como mínimo, de nivel B2 o equivalente de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados publicada el 7 de julio en el Diario Oficial de Galicia y relacionado con la Orden de 21 de junio de 2016, de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 y en la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas de profesorado.

e) Acreditación de la experiencia profesional, mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, y certificado expedido por los órganos competentes en materia de personal de la correspondiente organización donde vengan desempeñando los servicios especificando la categoría, funciones y período (con fecha de inicio y final del contrato) en los que estuvo trabajando el/la aspirante.

f) Copias compulsadas de certificados de asistencia a cursos o similares directamente relacionados con las funciones propias de los puestos objeto de esta convocatoria. Será necesario que figure en los mismos el número de horas certificadas.

g) Cuando se trate de aspirantes nacionales de otros países, deberán presentar fotocopia compulsada de los certificados de estudios cursados de castellano, que acrediten suficientemente sus conocimientos de este idioma.

h) Fotocopia compulsada del título acreditativo de superación del Celga 4, curso de perfeccionamiento de gallego o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Diario Oficial de Galicia núm. 146, de 30 de julio).

La dirección que figure en las instancias se considerará la única válida a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/de la candidato/a tanto los errores en la consignación de la misma como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.

Para que tengan validez en este proceso selectivo, los documentos que se presenten deberán estar expedidos en alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia (gallego o castellano); en el caso de documentos expedidos en otras comunidades autónomas, para que tengan validez, deberán estar redactados en castellano o traducidos por titulado/a o por el organismo correspondiente. Tratándose de documentos expedidos en un país extranjero, deberán estar debidamente traducidos, validados y apostillados por la oficina diplomática española. Lógicamente, este párrafo no hace referencia a las publicaciones.

La presentación de la/las solicitud/es se hará en el registro de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (avenida Fernando de Casas Novoa, nº 37, 1º, portal A, Santiago de Compostela) o en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia las presentes bases estarán disponibles en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (http://www.acis.sergas.es).

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de su publicación oficial.

Para cualquier aclaración o información adicional, los/las interesados/as podrán ponerse en contacto telefónico con el Servicio de Gestión de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud a través del número de teléfono 981 55 51 03, o a través del correo electrónico xestion.acis@sergas.es

Cuarta. Baremo de méritos. Acreditación de méritos y desempates

Baremo:

Para establecer la orden de prelación en la puntuación de los/las aspirantes que corresponda a la acreditación de méritos establecida en las presentes bases, se aplicará el siguiente baremo:

1. Servicios prestados: hasta un máximo de 5 puntos.

1.1. Por cada mes de servicios prestados en la ejecución de proyectos internacionales o transnacionales en los últimos 5 años: 0,30 puntos por mes, hasta un máximo de 5 puntos.

1.2. Por cada mes de servicios prestados en actividades relacionadas con las políticas y el financiamiento comunitario en el ámbito de la I+D+i en los últimos 5 años: 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 2,5 puntos.

La suma de la puntuación de los puntos 1 y 2 no podrá exceder de 5 puntos.

2. Formación académica relacionada: hasta un máximo de 4 puntos.

2.1. Para la plaza de gestor de innovación.

– Por la titulación de máster relacionado con desarrollo económico, innovación, gestión y administración de empresas, gestión y seguimiento de políticas públicas o cualquier otro equivalente con un contenido similar (2 puntos por máster).

– Por la titulación de doctor (2 puntos).

2.2. Para la plaza de gestor de investigación.

– Por la titulación de máster relacionado con ensayos clínicos, investigación clínica, investigación biomédica, asistencia e investigación sanitaria o cualquier otro equivalente con un contenido similar (2 puntos por máster).

– Por la titulación de doctor (2 puntos).

2.3. Para la plaza de gestor en comunicación.

– Por la titulación de máster relacionado con comunicación on line, marketing digital, periodismo y comunicación en nuevas tendencias en producción, gestión y difusión del conocimiento o cualquier otro equivalente con un contenido similar (2 puntos por máster).

– Por la titulación de doctor (2 puntos).

3. Formación continuada: hasta un máximo de 4 puntos.

Por cada curso directamente relacionado con las funciones propias de la categoría a la que se opta organizado e impartido directamente por la Escuela Gallega de Administración Pública, ACIS (extinta Fegas), Academia Gallega de Seguridad Pública, INAP, escuelas oficiales de formación de las restantes comunidades autónomas, universidades, Inem, Dirección General de Formación Ocupacional de la Consellería de Trabajo, cursos de formación continua del Afedap, según la relación de materias que se establece en la convocatoria:

– Cursos de más de 15 horas y menos de 25 horas: 0,1 puntos.

– Cursos de más de 25 horas y menos de 75 horas: 0,2 puntos.

– Cursos de más 75 horas: 0,3 puntos.

En el caso del gestor de innovación, podrá duplicarse la puntuación obtenida cuando el curso se relacione con formación específica en formación de gestión de proyectos de innovación.

En el caso del gestor de investigación podrá duplicarse la puntuación obtenida cuando el curso se relacione con formación específica en formación en gestión de la investigación.

En el caso del gestor de comunicación podrá duplicarse la puntuación obtenida cuando el curso se relacione con formación específica en formación de marketing on line, marketing digital o edición y creación de páginas y contenidos digitales.

4. Por el conocimiento acreditado del idioma gallego (sólo se valorará el grado superior alegado) y que sea superior al establecido como requisito de acceso.

Grado superior a Celga 4: 1 punto.

Sólo se concederá validez, por lo que a la acreditación del gallego se refiere, a los cursos o titulaciones homologados por el órgano competente en materia lingüística de la Xunta de Galicia.

5. Por el conocimiento acreditado del idioma portugués: hasta un máximo de 0,5 puntos.

Equivalente según la tabla de equivalencia a B1: 0,3 puntos.

Equivalente o mayor a B2: 0,5 puntos.

Los méritos a tener en cuenta en este proceso se valorarán con referencia al día inmediatamente anterior, inclusive, al de la publicación de esta convocatoria.

De producirse empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la otorgada por los méritos alegados según el orden establecido en este anexo y, de persistir, a favor de la primera letra del primer apellido, según el orden establecido anualmente en la resolución de la Consellería de Hacienda por la que se publica el resultado del sorteo al que se refiere el reglamento de selección de personal de la administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

No obstante lo anterior, en el supuesto de infrarrepresentación del sexo femenino en los términos establecidos en el artículo 49 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, el primer criterio de desempate será el de tener la condición de mujer.

Quinta. Tribunal de selección

El tribunal calificador de este proceso se nombra, por la Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, conforme a lo previsto en el artículo 11 del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Asimismo, se recuerda que a la comisión de selección le resultarán de aplicación las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección de 11 de abril de 2007 y el Acuerdo adoptado en el Consello de la Xunta de Galicia de 8 de abril de 2010.

Sexta. Admisión de los/las aspirantes y baremación de los méritos

1. Una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud
(http://www.acis.sergas.es) la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as para cada una de las plazas objeto de esta convocatoria, así como las causas de su exclusión.

Se podrán formular alegaciones contra las listas provisionales en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud.

Las alegaciones se presentarán en el Registro de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (avenida Fernando de Casas Novoa, nº 37, 1º, portal A, Santiago de Compostela) o en las oficinas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Una vez resueltas las reclamaciones, se dictará resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas.

Esta resolución se hará pública en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud.

El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se les reconozca a los/las interesados/as la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando de la documentación que debe presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprenda que no poseen algunos de los requisitos, los/las interesados/as decaerán en todos los derechos que habían podido derivarse de su participación en este procedimiento.

2. El proceso constará de dos fases:

Primera fase: valoración de méritos. La puntuación máxima de la fase de méritos será de catorce puntos e medio (14,5).

Segunda fase: realización de una entrevista. La puntuación máxima de la entrevista será de un punto y medio (1,5).

3. Primera fase: el tribunal procederá a una baremación provisional de los méritos alegados por los/las aspirantes con expresión de la puntuación obtenida en un orden decreciente de mayor a menor puntuación.

Se podrán formular alegaciones contra la baremación de las listas provisionales en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia.

Las alegaciones se presentarán en el Registro de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (avenida Fernando de Casas Novoa, nº 37, 1º, portal A, Santiago de Compostela) o en las oficinas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La estimación o desestimación de dichas alegaciones se entenderá implícita en la publicación de la puntuación definitiva de la primera fase del proceso.

4. Segunda fase: consistirá en una entrevista personal no eliminatoria para valorar el grado de adecuación de los/las aspirantes.

La entrevista versará sobre el curriculum vitae de los/las candidatos/as, las funciones que van a desempeñar en el puesto de trabajo y sus conocimientos sobre proyectos y políticas o programas comunitarios relacionados con la I+D+i. Parte de la entrevista podrá desarrollarse en inglés.

Para la realización de la entrevista, se dispondrá de un tiempo máximo de quince (15) minutos. La entrevista se cualificará de 0 a 1,5 puntos.

El tribunal de selección publicará en la web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (http://www.acis.sergas.es) los nombres de los/las convocados/as, el lugar, la fecha y la hora de realización de la entrevista.

Los/las convocados/as a esta fase deberán presentarse en el lugar indicado con el original del DNI, permiso de conducir o, en su defecto, pasaporte.

Una vez realizadas las entrevistas, el tribunal publicará en la web http://www.acis.sergas.es las listas con las puntuaciones provisionales de los/las aspirantes.

Se podrán formular alegaciones contra las puntuaciones provisionales de la segunda fase en un plazo de tres (3) días hábiles, contado a partir del siguiente al de su publicación.

Una vez transcurrido el plazo de alegaciones, el tribunal procederá a la puntuación global definitiva, que será elevada a la Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud para que dicte resolución con las puntuaciones globales definitivas de los/las aspirantes por el mismo medio que las listas provisionales, con expresión de la puntuación obtenida en un orden decreciente.

5. El/la primer/a aspirante de cada lista definitiva publicada será el/la candidato/a seleccionado/a para la cobertura de cada una de las plazas objeto de esta convocatoria, que deberán presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles, desde que se haga pública dicha lista, la siguiente documentación ante la Agencia:

− Tarjeta sanitaria y/o número de afiliación a la Seguridad Social.

− Certificado médico oficial o informe de salud en los que se acrediten los aspectos señalados en la base 2.5.

− Declaración, bajo su responsabilidad, de non haber sido separado/a del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas para efectos de acreditar los aspectos señalados en la base 2.6.

6. Si el/la candidato/a seleccionado/a no presenta la documentación indicada en el punto anterior en el plazo establecido, o presenta su renuncia a la contratación para el puesto para el que fue seleccionado/a (caso en que se hará mediante solicitud expresa al respecto, en el mismo plazo señalado en el punto anterior), resultará, en cualquier caso, automáticamente seleccionado/a el/la siguiente aspirante según el orden de prelación de cada lista, que deberá presentar en un nuevo plazo de cinco días hábiles desde el final del anterior la documentación citada en el punto 6.5. Se procederá de esta forma hasta que un/una candidato/a presente en plazo y válidamente su documentación.

7. Luego de seleccionados/as los/las candidatos/as y presentada su documentación, según lo establecido en los puntos anteriores, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se procederá a la formalización de las contrataciones objeto de la convocatoria.

8. Si a lo largo de la duración de los proyectos se produce la baja de alguno de los aspirantes contratados, se procederá al llamamiento, para la cobertura del mismo, del/de la siguiente aspirante según el orden de prelación de la correspondiente lista resultante de esta convocatoria.

Séptima. Norma final

1. Todas las resoluciones del proceso de selección se publicarán en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud en el apartado de noticias y también en el de transparencia y gobierno abierto.

2. Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella o de la actuación del tribunal, con el carácter de definitivos o que, siendo de trámite, decidan sobre el fondo del asunto, podrán ser impugnados por los/las interesados/as en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

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