El subdirector general de Inspección del Transporte dictó la resolución del expediente sancionador OU-01577-O-2016 y cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictados a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5 A, 2º, Santiago de Compostela.
Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.
Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2017
David Conde Varela
Subdirector general de Inspección del Transporte
ANEXO
Expediente Matrícula |
Persona sancionada DNI/CIF |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
OU-01577-O-2016 8743-GKY |
Wenceslao Cantarell Coll 39321266Y |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 19.10.2016; 18.10; A-52; 203 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
OU-01649-O-2016 OU-4596-M |
Santiago Pujol Rodríguez 40560703L |
La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carece del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado. 7.10.2016; 09.45; N525; 172,0 |
Art. 141.21 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
PO-00023-O-2017 2190-GDM |
Pedro Navarro Durán 35308206D |
La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carece del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado. 22.10.2016; 17.14; PO531; 5,5 |
Art. 141.21 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
PO-00132-O-2017 C-7050-BU |
Miguel Ángel Prado Grela 44820313Y |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 11.10.2016; 10.42; N640; 233,4 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
XC-03153-O-2016 4696-BXC |
Gelu Dita X8942285T |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 4.11.2016; 12.29; AP9; 93,0 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
XC-03012-O-2016 7312-JJN |
Juan Luis Sánchez García 32780612T |
Atenuante. La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o dixital, que se esté utilizando. 10.8.2016; 08.47; AC523; 0,0 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra d) LOTT |
401 euros |