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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Miércoles, 20 de diciembre de 2017 Pág. 57643

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (325/2015).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 325/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Ángel Estévez Pardiñas contra Hermanos Seoane, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por Manuel Ángel Estévez Pardiñas contra Hermanos Seoane, S.L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar al demandante la suma de 34.479,45 euros por los conceptos indicados en el hecho probado tercero de esta sentencia, incrementada con los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET sobre los conceptos salariales –que comportan 15.530,16 euros– desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución, y los intereses del artículo 1108 del Código civil sobre la indemnización –que comporta 18.949,29 euros- desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, no ha lugar a su condena en esta instancia, debiendo estarse a lo que resulte conforme a la aplicación del artículo 33 del ET, con notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Hermanos Seoane, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia