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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 1 de diciembre de 2017 Pág. 54818

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2017 por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Dirección de 23 de noviembre de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas que se tramiten al amparo de la medida Leader (submedidas 19.2 y 19.4), cofinanciadas con Feader en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

El Consejo de Dirección de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader), en su reunión de 29 de diciembre de 2016, acordó aprobar las bases reguladoras de las ayudas que se tramiten al amparo de la medida Leader (submedidas 19.2 y 19.4), cofinanciadas con Feader en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR).

Conforme a lo previsto en el apartado 4 del artículo 62 y en el apartado 4 del artículo 67 del Reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, el Consello de la Xunta de Galicia de 17 de noviembre de 2017 autorizó que el Consejo de Dirección de la Agader modificase el acuerdo señalado en el párrafo anterior.

De conformidad con las facultades que tengo conferidas en virtud del artículo 10.2.a) del Reglamento de la Agader, aprobado por el Decreto 79/2001, de 6 de abril,

RESUELVO:

Publicar el Acuerdo del Consejo de Dirección de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) de 23 de noviembre de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas que se tramiten al amparo de la medida Leader (submedidas 19.2 y 19.4), cofinanciadas con Feader en el marco del programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR).

El citado acuerdo se incorpora a esta resolución como anexo.

Santiago de Compostela, 23 de noviembre de 2017

Miguel Ángel Pérez Dubois
Director general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural

ANEXO

Acuerdo del Consejo de Dirección de la Agader de 23 de noviembre de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas que se tramiten al amparo de la medida Leader (submedidas 19.2 y 19.4), cofinanciadas con Feader en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR)

Artículo único. Modificación del Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 por el que se aprueban las bases de las ayudas que se tramiten al amparo de la medida Leader (submedidas 19.2 y 19.4), cofinanciadas con Feader en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR)

El número 2 del artículo 26 del anexo I (bases reguladoras) del Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas que se tramiten al amparo de la medida Leader (submedidas 19.2 y 19.4), cofinanciadas con Feader en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR), queda redactado de la siguiente manera:

«2. Podrán concederse pagos parciales y anticipos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.6 de la LSG, en los artículos 62, 63 y 67 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, y en los artículos 42.2 y 45.4 del Reglamento (EU) nº 1305/2013, de 17 de diciembre, si bien con las siguientes particularidades:

a) El importe conjunto de los pagos a cuenta y anticipados a los beneficiarios de las ayudas gestionadas en el marco de las submedidas 19.2 (apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local) y 19.4 (costes corrientes de la Estrategia de desarrollo local y animación) del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 podrá alcanzar el 100 % del porcentaje subvencionado correspondiente a los pagos justificados, sin que exceda la anualidad prevista en cada ejercicio presupuestario.

b) Los citados beneficiarios quedan eximidos de la obligación de constituir garantías en los pagos a cuenta que puedan recibir, cuando el importe conjunto de pagos a cuenta y de pagos anticipados sea superior a los 18.000 €».

Disposición final. Entrada en vigor

Este acuerdo se aplicará desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.