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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 22 de noviembre de 2017 Pág. 53565

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 6 de noviembre de 2017 por la que se extingue la autorización del centro privado París, del ayuntamiento de Pontevedra.

Mediante la Orden de 26 de noviembre de 1999 (DOG de 21 de diciembre) se autoriza al centro privado (CPR) París, de Pontevedra, para impartir el ciclo formativo de grado medio (CM) Peluquería y el CM Estética Personal Decorativa (LOGSE). Estos ciclos formativos se transforman en los ciclos medios (LOE) Peinado y Cosmética Capilar y Estética y Belleza, respectivamente.

La Dirección General de Centros y Recursos Humanos de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria incoa el expediente de extinción de la autorización del centro privado París, de conformidad con lo previsto en el apartado octavo de la Orden de 20 de septiembre de 1995 en relación con el artículo 16 y siguientes del Decreto 133/1995 de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Por lo que antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Revocar la autorización del centro docente privado cuyos datos se detallan a continuación:

Denominación genérica: centro privado.

Denominación específica: París.

Código del centro: 3616747.

Domicilio: calle Castelao, 7 entresuelo.

Municipio: Pontevedra.

Provincia: Pontevedra.

Titular: Instituto París, S.L.

Enseñanzas que se extinguen: todas las autorizadas (CM Peluquería y Cosmética Capilar, CM Estética y Belleza).

Segundo. La extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria