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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Martes, 21 de noviembre de 2017 Pág. 53436

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (398/2017).

Yo, Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número 3, en sustitución del Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 398/2017 a instancia de Adalberto Medrano Beltre contra la empresa Cafeína, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, en los que recayó sentencia en fecha 23 de octubre de 2017, que copiada en los particulares necesarios dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Adalberto Medrano Beltre frente a la empresa Cafeína, S.A., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se declara improcedente el despido efectuado por la demandada, Cafeína, S.A. al trabajador.

– Se condena a la empresa Cafeína, S.A. a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia opte entre la readmisión del actor o el abono de una indemnización de 1.817,20 euros, determinando el abono de dicha indemnización la extinción del contrato de trabajo; en caso de optar por la readmisión, deberá abonar los salarios de tramitación a razón de 41,30 euros diarios.

– Se condena a la empresa Cafeína, S.A. a abonar a Adalberto Medrano Beltre la cantidad de cinco mil novecientos ochenta y siete euros con sesenta y nueve céntimos de euro (5.987,69 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Cafeína, S.A., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 31 de octubre de 2017

El secretario judicial