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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Lunes, 20 de noviembre de 2017 Pág. 53251

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 807/2017 IP).

María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento recurso de suplicación 807/2017 de esta sección, seguido a instancia de Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social contra Castrelos Elaboración, S.L., Mutua Universal Mugenat, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Mutua La Fraternidad Muprespa, Mutua colaboradora con la Seguridad Social nº 275, Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales nº 61, Canteras Fernández, S.L. Elaboración Scom, Barreda López e Hijos, S.L., Jesús Paradelo Borrajo, Pimaga, Pizarras Galir, Cupiga, S.A., sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva.

La Sala acuerda:

Declarar desierto el recurso de casación en unificación de doctrina preparado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, frente a la sentencia dictada en suplicación por este tribunal, declarando la firmeza de la misma y la devolución al órgano judicial de procedencia de los autos con certificación de la sentencia recaída y expresión de su firmeza.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de reposición preparatorio del recurso de queja, en los términos del artículo 223.3 de la LRJS, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, y haciéndole saber al recurrente que no tenga reconocida la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social que deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de consignaciones de este tribunal, abierta en Banesto, cuenta nº 1552, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «30 Social-Reposición».

Así, por este auto, lo pronuncian, mandan y firman conmigo, secretaria de la sala, que doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cupriga, S.A., en la actualidad en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 24 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia