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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 10 de noviembre de 2017 Pág. 51841

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1914/2017).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 1914/2017 seguido a instancia de Mutual Midat Cyclops contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Julio Monteagudo Otero, Exclusivas Gonbal, S.L., sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución que copiada en los particulares necesarios dice:

«Fallamos: desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la Mutua Colaboradora de la Seguridad Social Mutual Midat Cyclops contra la sentencia de 16 de enero de 2017 del Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, dictada en juicio seguido a instancia de la recurrente contra Julio Montegaudo Otero, la entidad mercantil Exclusivas Gonbal Sociedad Limitada, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la Sala la confirma íntegramente y, en legal consecuencia, condenamos a la recurrente a las costas de la suplicación, cuantificando en 601 euros los honorarios del letrado del trabajador codemandado impugnante del recurso.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gonbal, S.L., con último domicilio conocido en la c/ do Muro, 14, Redondela (Pontevedra) y, actualmente en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 16 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia