El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, en la sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2016 acordó iniciar los trámites para la clasificación como vecinales en mano común de los siguientes montes:
Ayuntamiento: Redondela.
Parroquia: Chapela.
Nombre de los montes: Chan do Mestre y otros (Chan do Mestre: parcelas: 2, 3 y 4, Maceiras de Abaixo, Coto do Celo: parcelas 2 y 3, Parada: parcelas 1 y 2, y Buraca: parcelas 1 y 2).
– Chan do Mestre-parcela 2.
Cabida: 1.546 m2 (superficie alegada en la solicitud).
Linderos:
Norte: pista forestal de acceso al monte.
Sur: camino a Parada.
Este: carretera de subida a la Buraca.
Oeste: muro que separa el monte Ferraduras y otro monte vecinal en la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
– Chan do Mestre-parcela 3.
Cabida: 4.655 m2 (superficie alegada en la solicitud).
Linderos:
Norte: camino a Parada.
Sur: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Este: camino a Parada y otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Oeste: camino de la Barracrista.
– Chan do Mestre-parcela 4.
Cabida: 93 m2 (superficie alegada en la solicitud).
Linderos:
Norte: camino a Parada.
Sur: pista forestal.
Este: camino a Parada.
Oeste: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
– Maceiras de abaixo.
Cabida: 22.344 m2.
Linderos:
Norte: pista forestal, riachuelo y otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Sur: muro que separa de otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Este: pista forestal.
Oeste: muro que separa de otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
– Coto do Celo-parcela 2.
Cabida: 5.908 m2.
Linderos:
Norte: camino del Galo, camino de Luis Yáñez y pista forestal.
Sur: camino de Luis Yáñez y otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Este: camino del Galo.
Oeste: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
– Coto do Celo-parcela 3.
Cabida: 5.467 m2.
Linderos:
Norte: camino de Luis Yáñez y camino Pita do Monte.
Sur: camino de Luis Yáñez.
Este: camino Pita do Monte y camino de Luis Yáñez.
Oeste: camino Pita do Monte y pista forestal.
– Parada-parcela 1.
Cabida: 29.247 m2.
Linderos:
Norte: carretera de subida a la Madroa, camino del Galo y otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Sur: Monte Chan do Touciño del cual también se solicita la clasificación y otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Este: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Oeste: carretera de subida a la Madroa y otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
– Parada-parcela 2.
Cabida: 1.542 m2.
Linderos:
Norte: camino del Galo.
Sur: camino Pita do Monte.
Este: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Oeste: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
– Buraca-parcela 1.
Cabida: 420 m2.
Linderos:
Norte: camino subida a Buraca.
Sur: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Este: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Oeste: camino subida a Buraca.
– Buraca-parcela 2 (transformador de Fenosa).
Cabida: 11 m2.
Linderos:
Norte: camino subida a Buraca.
Sur: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Este: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Oeste: otro monte vecinal de la parroquia de Chapela cuya clasificación no se solicita.
Lo que se pone en conocimiento de todas las personas interesadas, indicándoles que se abre un período de un mes para que puedan examinar el expediente y efectuar las alegaciones que consideren convenientes, así como aportar los documentos o informaciones que juzguen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.
Pontevedra, 24 de octubre de 2017
Xosé Carlos Morgade Martínez
Instructor