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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 10 de noviembre de 2017 Pág. 51834

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2017 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 23 de junio de 2017 por la que se adjudican las ayudas del anexo I, modalidad A de la Orden de 11 de abril de 2017 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación postdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria.

La Orden de 11 de abril de 2017 (DOG núm. 81, de 27 de abril), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria a través de la Agencia Gallega de Innovación (en adelante, Gain), establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de apoyo a la etapa de formación postdoctoral en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

Mediante la Resolución de 23 de xuño de 2017 (DOG núm. 126, de 4 de julio) se adjudican las ayudas de la modalidad A a las entidades que contraten a las personas seleccionadas para una plaza del Programa de apoyo a la etapa de formación postdoctoral que se relacionan en su anexo I.

El artículo 18 de la orden de convocatoria establece que, en el caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicarla a la Secretaría General de Universidades o a la Gain (según sea el caso), y que se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión. Dicho artículo también indica que las renuncias solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera de la modalidad y del órgano instructor en que se produzcan y que la persona substituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tempo de aprovechamiento de la ayuda.

En consecuencia, atendiendo a la renuncia recibida en la Gain,

RESUELVO:

Primero. Aceptar la renuncia presentada a las ayudas de apoyo a la etapa de formación postdoctoral, modalidad A, presentada polo Instituto de Investigaciones Agrobiológicas de Galicia del CSIC, correspondiente a la persona seleccionada que se cita a continuación:

Nº expediente

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI/NIE

Rama de conocimiento

Zona 1er año

Zona 2º año

Total

IN606B-2017/012

Instituto de Investigaciones Agrobiológicas de Galicia del CSIC

Álvarez

López

Vanessa

*****698R

Ciencias

1

2

70,5

Segundo. Adjudicar la ayuda correspondiente a esta renuncia a la primera solicitud de la lista de espera, de acuerdo con el artículo 18 de la orden de convocatoria, correspondiente a la siguiente entidad y persona investigadora:

Nº expediente

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI/NIE

Rama de conocimiento

Zona 1er año

Zona 2º año

Total

IN606B-2017/001

Instituto de Ciencias del Patrimonio (INCIPIT) del CSIC

Almansa

Sánchez

Jaime

*****703W

Artes e Humanidades

2

2

70,5

Tercero. Declarar extinguidas las listas de espera de la modalidad A de estas ayudas.

Cuarto. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas entre las entidades ajenas al SUG, según la renuncia y la nova incorporación, tal y como se indica en la siguiente tabla:

Modalidad A (Gain)

Aplicación presupuestaria

Entidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2017

2018

2019

2020

Total

09.A3.561A.403.0

Instituto de Ciencias del Patrimonio (INCIPIT) del CSIC

4

42.816,66

160.000,00

158.500,00

114.683,34

476.000,00

09.A3.561A.403.0

Instituto de Investigaciones Marinas/CSIC

1

14.944,44

41.500,00

40.327,78

25.227,78

122.000,00

09.A3.561A.480.0

Fundación Profesor Novoa Santos

1

14.944,44

41.500,00

40.327,78

25.227,78

122.000,00

Total

6

72.705,54

243.000,00

239.155,56

165.138,90

720.000,00

Quinto. La fecha de comienzo del contrato será el 1 de noviembre de 2017.

Sexto. La entidad beneficiaria deberá remitir un escrito de aceptación a la Gain en el plazo de diez días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y vinculará a la persona seleccionada a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Séptimo. El artículo 14 da orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se presentase ésta ante el órgano administrativo competente, éste requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia de reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Gain y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante a Sala do Contencioso-Administrativo do Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 da Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2017

Francisco Conde López
Presidente de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Renuncia a la ayuda concedida

Otras entidades

Nº expediente

Entidades

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI/NIE

Rama de conocimiento

Zona 1er año

Zona 2º año

Nota evaluación

IN606B-2017/012

Instituto de Investigación Agrobiológicas de Galicia del CSIC

Álvarez

López

Vanessa

*****698R

Ciencias

1

2

70,5

ANEXO II

Ayuda de la lista de espera concedida

Otras entidades

Nº expediente

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI/NIE

Rama de conocimiento

Zona 1er año

Zona 2º año

Nota evaluación

IN606B-2017/001

Instituto de Ciencias del Patrimonio (Incipit) del CSIC

Almansa

Sánchez

Jaime

*****703W

Artes y Humanidades

2

2

70,5