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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Jueves, 2 de noviembre de 2017 Pág. 50731

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 16 de octubre de 2017 por la que se procede al nombramiento de miembros del Consejo Gallego de Cooperativas.

El Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas, en desarrollo de las previsiones contenidas en su norma de creación, la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, regula en su artículo 4 la composición del consejo, en el artículo 5 el procedimiento de nombramiento y cese de sus miembros, y en el artículo 6 la duración del mandato y sustituciones.

En virtud de estos artículos, el Consejo Gallego de Cooperativas está compuesto por los siguientes miembros:

– Una presidencia que, en virtud de la actual distribución competencial, recae en la persona titular de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, que lo será en virtud de su cargo.

– La persona titular de la Secretaría General de Empleo, igualmente en razón de su cargo.

– Los siguientes miembros, así como los correspondientes suplentes, que serán nombrados por la persona titular de la consellería: cuatro personas en representación de las consellerías competentes en materia de agricultura, pesca, empleo y educación, a propuesta de las personas titulares de las distintas consellerías; una persona en representación de los ayuntamientos de Galicia, a propuesta de la Federación Gallega de Municipios y Provincias; una persona en representación de las universidades gallegas, a propuesta del Consejo Universitario de Galicia; una persona en representación de las cooperativas de crédito gallegas, por acuerdo de las cooperativas de crédito inscritas en el Registro de Cooperativas de Galicia y con actividad acreditada; siete representantes de las cooperativas gallegas, propuestos por las uniones, federaciones o confederaciones en las que aquellas se integren, legalmente constituidas, con actividad acreditada, y debidamente inscritas en el Registro Central de Cooperativas de Galicia; y finalmente, una secretaría, a propuesta de la Secretaría General de Empleo.

La aprobación del Decreto 146/2016, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, motivó la necesidad de renovar los representantes de las distintas consellerías en el Consejo Gallego de Cooperativas; asimismo, la renovación de cargos en la Federación Gallega de Municipios y Provincias, en las universidades gallegas y en las cooperativas de crédito gallegas supone la necesidad de renovar los representantes de estos organismos en el citado consejo.

También se hace necesario actualizar la composición de los representantes de las asociaciones de cooperativas gallegas, en función de su representatividad según los datos que constan en el Registro Central de Cooperativas y después de instruido el procedimiento correspondiente para su determinación.

Y finalmente, los cambios producidos en la unidad administrativa con competencias en materia de cooperativas hacen necesario sustituir a la persona titular de la secretaría del Consejo.

La relevancia de la renovación que ahora se produce, que afecta a buena parte de sus miembros aconseja, en aras de una mayor claridad, proceder al nombramiento simultáneo de todos los miembros, excepto los que lo son en función de su cargo, lo que requiere del cese conjunto de los actuales titulares y suplentes.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia, y el artículo 5 del Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas,

RESUELVO:

Primero

Cesar a todos los miembros actuales, titulares y suplentes, del Consejo Gallego de Cooperativas, excepto los que lo son por razón de su cargo.

Segundo

Nombrar como vocales del Consejo Gallego de Cooperativas a las personas que se señalan:

1. En representación de las consellerías que se indican y a propuesta de ellas:

a) Por la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Titular: Alfonso Marnotes González.

Suplente: Alba Paz Boubeta.

b) Por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Titular: José Manuel Pinal Rodríguez.

Suplente: Carlos Carid Fernández.

c) Por la Consellería del Medio Rural.

Titular: Belén María do Campo Piñeiro.

Suplente: Nicasio Daniel Mejuto Martí.

d) Por la Consellería del Mar.

Titular: Susana Rodríguez Carballo.

Suplente: Monserrat Castro Vázquez.

2. En representación de los ayuntamientos de Galicia y a propuesta de la Federación Gallega de Municipios y Provincias:

Titular: Miguel Ángel Leis Míguez.

Suplente: María del Mar García Vidal.

3. En representación de las universidades gallegas y a propuesta del Consejo Gallego de Universidades:

Titular: Javier Bueno Lema.

Suplente: Manuel Fernández Grela.

4. En representación de las cooperativas gallegas y a propuesta de las asociaciones de cooperativas que se indican:

a) Por la Unión de Cooperativas Asociación Galega de Cooperativas Agrarias.

Titular primero: José Severino Montes Pérez.

Titular segundo: Emilio Rodríguez Felipe.

Titular tercero: Higinio Mougán Bouzón.

Suplente primero: José Manuel López Tellado.

Suplente segundo: Javier Iglesias Sendín.

Suplente tercero: Alberto Amil Chaves.

b) Por la Unión de Cooperativas Espazocoop.

Titular primero: Celso Gándara Carnero.

Titular segundo: Ana Olveira Blanco.

Titular tercero: María del Mar Pernas Márquez.

Suplente primero: Alfonso Diego Fernández Rodríguez.

Suplente segundo: Constantino Gago Conde.

Suplente tercero: Ramón Rodríguez Padín.

c) Por Ucogatra, Unión de Cooperativas.

Titular: Carlos Laya Vía.

Suplente: Alberto Vila González.

5. En representación de las cooperativas de crédito gallegas y a propuesta de la Caja Rural Gallega:

Titular: José Aquilino Rodríguez López.

Suplente: Antonio Mosqueira Rañón.

Tercero

Nombrar, a propuesta de la Secretaría General de Empleo, como secretaria del Consejo Gallego de Cooperativas a Sofía Vales Fernández y como secretario suplente a José Ramón Carballeira Freire.

Contra esta orden se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2017

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria