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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 24 de octubre de 2017 Pág. 49388

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (SSS 349/2014).

Seguridad social (SSS) 349/2014

Demandante: Sergio José Barreiro Pires

Abogado: Manuel López Núñez

Demandados: APV Motor, S.A., Servicio Público de Empleo Estatal

Abogado: (…), letrado del Servicio Público de Empleo Estatal

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de seguridad social 349/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Sergio José Barreiro Pires contra la empresa APV Motor, S.A., Servicio Público de Empleo Estatal, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Parte dispositiva:

Dispongo tener por desistido a Sergio José Barreiro Pires de su demanda de seguridad social frente a APV Motor, S.A. y frente al Servicio Público de Empleo Estatal y, en consecuencia, se decreta el sobreseimiento y archivo de las actuaciones.

Incorpórese el original al libro de autos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la LJS).

Así lo acuerda y firma. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a APV Motor, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 3 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia