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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 23 de octubre de 2017 Pág. 49156

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2550/2015).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación (RSU) 2550/2015

Juzgado de origen/autos: despido objetivo individual 1010/2014 Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

Recurrente: Fogasa

Abogado: letrado del Fogasa

Recurridos: Limpiezas Secope, S.A., Miguel Ángel Bustelo Fraga

Eu, María Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2550/2015 de esta sala, seguido a instancia del Fogasa contra Limpiezas Secope, S.A., Miguel Ángel Bustelo Fraga, sobre despido disciplinario, la Sala IV del Tribunal Supremo ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallo: por lo expuesto, en nombre del rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido:

1. Desestimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Fogasa, representado y asistido por el abogado del Estado.

2. Confirmar la sentencia dictada el 9 de septiembre de 2015 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el recurso de suplicación número 2550/2015, que resolvió el formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, de fecha 8 de abril de 2015, recaída en autos número 1010/2014, seguidos a instancia de Miguel Ángel Bustelo Fraga contra Limpiezas Secope, S.A. y Fogasa, sobre despido.

3. Imponer las costas a la parte recurrente.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Secope, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de septiembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia