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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 23 de octubre de 2017 Pág. 49130

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2017, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se fijan las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2018.

Según lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los sorteos de permisos de pesca en cotos se realizarán en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, según la normativa que fije la Dirección General de Patrimonio Natural para cada temporada, después de la adjudicación de los cupos diarios para concursos deportivos oficiales y del sorteo de cupos diarios para entidades colaboradoras.

Los permisos sobrantes de los procedimientos anteriores se pondrán a disposición de las personas interesadas en centros de venta habilitados al efecto por los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza. Para atender la demanda prevista, también se facilitará la adquisición de permisos a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal, que funcionará como centro de venta habilitado al efecto.

De conformidad con lo anterior, las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2017 serán las siguientes:

1. Objeto.

El objeto de estas normas es adjudicar mediante sorteo los permisos de pesca fluvial en cotos para la temporada 2018 (códigos de los procedimientos administrativos: MT807B y MT807C).

En cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se realizarán dos sorteos:

– Sorteo de salmón: incluirá los permisos de cotos de salmón, incluso los de pesca sin muerte en cotos de salmón.

– Sorteo de trucha: incluirá los permisos de trucha, de reo, de pesca intensiva y aquellos de pesca sin muerte no incluidos en el sorteo anterior.

2. Calendario.

Inicio del período de presentación de solicitudes: al día siguiente de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas.

Límite de presentación de solicitudes: 20 de noviembre de 2017, a las 14.00 horas.

Publicación de las listas provisionales de personas excluidas y admitidas: 27 de noviembre de 2017.

Publicación de las listas definitivas de personas excluidas y admitidas: 15 de diciembre de 2017.

Fecha de sorteo: 20 de diciembre de 2017, a las 12.00 horas.

Los resultados de los sorteos, el listado de participantes con el orden resultante, la fecha y hora de elección de cada participante y demás normas aplicables se publicarán en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. El acceso a la aplicación requerirá el NIF y el número de la licencia de pesca fluvial.

3. Requisitos de las personas solicitantes.

Para participar en los sorteos es preciso ser titular de una licencia de pesca fluvial en vigor en el momento de presentar la solicitud. Para el cumplimiento de este requisito tendrán la misma validez las licencias autonómicas e interautonómicas de pesca fluvial.

4. Tipos de solicitudes.

Para cada sorteo se podrán presentar solicitudes para participación individual o para participación en grupo, con un máximo de tres solicitantes por grupo.

Las solicitudes individuales se formularán conforme al procedimiento administrativo MT807B (anexo I de esta resolución).

Las solicitudes en grupo requerirán a una persona responsable del grupo que presente un primera solicitud en la que identifique, en el apartado correspondiente, a las demás personas participantes. Esta primera solicitud se formulará conforme al procedimiento administrativo MT807B (anexo I de esta resolución). Posteriormente, quien forme parte de ese grupo deberá presentar la solicitud regulada en el procedimiento administrativo MT807C (anexo II de esta resolución) con los datos que en el mismo se requieren.

Cada participante sólo podrá figurar en una solicitud individual o en un grupo para cada uno de los sorteos.

5. Presentación de las solicitudes.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

6. Comprobación de datos.

1) Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos del DNI o NIE de las personas solicitantes.

En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.

Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

2) En el caso de que un mismo NIF conste en varias solicitudes para un mismo sorteo, se anularán las más antiguas, prevaleciendo siempre la última fecha de registro de entrada, telemática o presencial. En el caso de solicitudes en grupo, las anulaciones afectarán únicamente a aquellos NIF repetidos. No se considerarán duplicidades cuando las solicitudes presentadas tengan por objeto diferentes sorteos.

7. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes, también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las listas provisionales de las personas excluidas y admitidas se harán públicas en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. También podrán consultarse en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como en la Dirección General de Patrimonio Natural.

Las personas solicitantes tendrán un plazo de 10 días naturales, contados desde la fecha de exposición pública de la relación provisional de personas admitidas y excluidas, para efectuar las reclamaciones que consideren oportunas. Las citadas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de los listados definitivos.

Se excluirán todas aquellas personas participantes que no posean licencia de pesca fluvial en vigor en el momento de presentación de la solicitud.

Una vez comprobadas las reclamaciones presentadas contra las listas provisionales, se publicarán las listas definitivas en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. También podrán consultarse en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como en la Dirección General de Patrimonio Natural.

8. Realización de los sorteos.

Para cada sorteo, las solicitudes se numerarán correlativamente, comenzando por el 1, según el orden de entrada de la solicitud.

Los sorteos serán públicos. Cada sorteo se realizará con tres o cuatro bombos, según sea preciso por el número de solicitudes presentadas, correspondiendo cada uno de ellos a las unidades, decenas, centenas y unidades de millar. En cada bombo se introducirán diez números, del 0 al 9, excepto en el que corresponda a las unidades de millar, en el que únicamente se introducirán los números necesarios para cubrir los miles de solicitudes presentadas. Se sacará un número completo formado por tres o cuatro bolas, según proceda. En el caso de que el número constituido por las bolas exceda del que corresponda a la última solicitud presentada, se procederá a sortear de nuevo, devolviendo las bolas a los correspondientes bombos y repitiendo la operación.

La solicitud que se corresponda con el número extraído será la primera en elegir y se continuará la elección por orden correlativo hasta finalizar la lista y seguir a partir del 1.

Los sorteos tendrán lugar en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza en la fecha y hora antes indicadas.

9. Resultados de los sorteos.

Los resultados de los sorteos podrán consultarse en la página web https://pescafluvial.xunta.gal

Cada solicitante podrá consultar en la citada página el día y el rango horario en el que podrá elegir permisos. También se facilitarán los datos de contacto para la elección telefónica y el pago de los permisos.

10. Notificaciones.

1) Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando las personas interesadas resulten obligadas a recibirlas por esta vía. Las personas interesadas que no estén obligadas a recibir notificaciones electrónicas podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos.

2) Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de Notificación Electrónica de Galicia-Notifica.gal disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

3) La persona interesada deberá manifestar expresamente la modalidad elegida para la notificación (electrónica o en papel). En el caso de personas interesadas obligadas a recibir notificaciones sólo por medios electrónicos, deberán optar en todo caso por la notificación por medios electrónicos, sin que sea válida ni produzca efectos en el procedimiento una opción diferente.

4) Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en el que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o fuera expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hubieran transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

5) Si el envío de la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Administración general y las entidades del sector público autonómico practicarán la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

11. Elección de permisos.

Para la elección de permisos de trucha y reo, los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza establecerán grupos de permisos de pesca. Para los permisos de salmón habrá un solo grupo en cada provincia. La lista de los grupos será publicada en la página web https://pescafluvial.xunta.gal.

A la hora de escoger, cada solicitante sólo podrá seleccionar dos permisos de cada grupo, de los cuales sólo uno podrá corresponder a un sábado, domingo o festivo. En los sorteos de salmón sólo se podrá elegir un permiso.

En la página web https://pescafluvial.xunta.gal podrá consultarse en tiempo real el número de permisos disponibles en cada coto y para cada jornada de pesca.

La elección podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:

1) Directamente en la página web https://pescafluvial.xunta.gal en la fecha y rango horario resultantes de los sorteos, introduciendo previamente el NIF y el número de la licencia de pesca.

La persona usuaria podrá realizar comprobaciones y reservas previas antes de su turno, e incluso grabar los datos de la reserva, pero sólo se podrá confirmar una reserva previa dentro de la fecha y el rango horario asignados a la persona solicitante, existiendo la posibilidad de cambiar los permisos que ya no estén disponibles.

Finalizado el rango horario sin haberse producido la elección, la persona usuaria no tendrá disponible el servicio web durante los rangos horarios asignados a otras personas participantes. Completados los turnos de elección del día, y hasta las 8.00 horas del día siguiente, cualquier persona que no haya elegido en su turno podrá elegir de entre los permisos disponibles en cada momento hasta la finalización del período de elección de la primera venta.

2) Mediante llamada telefónica al número que se haga público en la página web
https://pescafluvial.xunta.gal, en la cual también se señalarán la fecha y rango horario en el que deberá realizarse esta llamada.

Una vez confirmada una reserva por cualquiera de los medios previstos, no podrá modificarse por la persona solicitante.

12. Segunda venta de permisos.

Una vez finalizada la elección, los permisos sobrantes y aquellos no retirados en los plazos fijados serán incluidos en un segundo proceso de elección. Este procedimiento será únicamente a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal, con los mismos requisitos de acceso que anteriormente. El servicio de reserva por internet estará disponible ininterrumpidamente para todas las personas participantes en el sorteo a partir de la fecha y hora de inicio.

Tres días antes del comienzo de la elección se publicará en la página web indicada el total de los permisos disponibles para esta segunda elección.

Las normas, en cuanto a los grupos de cotos y al número de permisos por grupo, serán las mismas que en la primera elección.

13. Venta libre.

Los permisos sobrantes no escogidos y aquellos no retirados en los plazos fijados serán puestos a la venta en los centros de venta habilitados al efecto por los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, regulados en el artículo 35 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Para atender la demanda prevista, también se facilitará la adquisición de permisos a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal, que funcionará como centro de venta habilitado al efecto. Para la venta a través de internet se reservará como mínimo el 50 % de los permisos sobrantes en cada coto para cada jornada de pesca.

El acceso a la venta libre telemática requerirá el NIF y el número de una licencia de pesca fluvial vigente en ese momento o en los 12 meses anteriores.

En la venta libre sólo se podrá adquirir un permiso diario.

14. Expedición de permisos.

En el plazo de 5 días naturales, contados desde la fecha de la elección, los permisos seleccionados deberán ser pagados en una entidad bancaria o telemáticamente.

Se podrá efectuar el pago telemáticamente mediante tarjeta de crédito en la página web, mediante el documento de ingreso telemático presencial (modelo 739) en una oficina bancaria o por cualquier otra de las modalidades disponibles en los servicios web de la Consellería de Hacienda.

El permiso se emitirá y podrá imprimirse en la aplicación informática desde el momento en el que se introduzca en la reserva previa el código N.R.C. justificativo de haber realizado el pago.

Cada participante podrá acceder a todos sus permisos en formato descargable e imprimible a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal

Para el pago mediante impreso de liquidación en las oficinas bancarias autorizadas, en cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se facilitarán los modelos necesarios. También se podrá conseguir en la página web http://www.conselleriadefacenda.gal el formulario «Modelo L. Prezos Públicos/Privados da Comunidade Autónoma de Galicia. Liquidación». Los impresos también podrán confeccionarse siguiendo las instrucciones que figuran en la página web https://pescafluvial.xunta.gal

Según lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los permisos de pesca tienen carácter personal e intransferible; cada titular de permisos debe realizar el pago individualmente, incluso en los casos de solicitudes en grupo.

En los casos en los que no se retiren los permisos personal ni telemáticamente, el pago deberá acreditarse, dentro del mismo plazo de 5 días naturales establecido en el párrafo primero de este apartado 14, remitiendo por fax al servicio provincial la copia para la Administración del impreso de liquidación debidamente formalizado. También será posible hacerlo mediante correo electrónico escaneando la copia citada del impreso de liquidación y remitiéndola al correo electrónico que se indicará en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. En estos casos, los permisos serán remitidos por correo a la dirección que conste en la solicitud.

En la fase de venta libre se podrán adquirir permisos presencialmente en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza o en las casas expedidoras habilitadas al efecto. En la adquisición telemática, la aplicación informática habilitará la impresión de los permisos adquiridos, que en ningún caso serán remitidos por correos desde un servicio provincial.

15. Renuncia a permisos reservados.

Los permisos reservados que no sean pagados en los plazos antes señalados serán incluidos en la siguiente ronda de selección.

Las personas que renuncien a permisos reservados por no haber realizado el pago en el plazo establecido tendrán bloqueados nuevos accesos a la aplicación informática de venta de permisos durante el resto de la temporada de pesca, excepto circunstancias de fuerza mayor documentalmente acreditadas. En el caso de realizar el pago de los permisos reservados fuera del plazo establecido, se habilitará el acceso a la aplicación informática en la fase de venta libre.

16. Otras normas.

La normativa de funcionamiento de los cotos será la que establezca la orden anual que regulará los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2018. En todo caso, el uso de los permisos de pesca otorgados por parte de las personas usuarias estará condicionado al cumplimiento de la citada disposición normativa.

Una vez expedido un permiso, no se podrá anular ni transferir a otra persona ni obtener el reintegro de su importe. En todo caso, cuando proceda el reintegro del importe, será preciso presentar una solicitud a la que se adjuntará una copia del impreso de pago en el que figuren los datos del titular del permiso.

17. Datos de carácter personal.

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de este procedimiento cuyo tratamiento y publicación autoricen las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero denominado «Relaciones informativas con la ciudadanía y entidades» con el objeto de gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio/Secretaría General Técnica, Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña), o a través de un correo electrónico a sxt.mot@xunta.gal.

Santiago de Compostela, 11 de octubre de 2017

Ana María Díaz López
Directora general de Patrimonio Natural

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