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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 18 de octubre de 2017 Pág. 48651

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Viveiro

EDICTO (308/2016).

Carlos Neira Pereira, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Viveiro, por el presente anuncia que en el presente procedimiento ordinario número 308/2016, seguido a instancia de Josefina Pérez Prado frente a los herederos desconocidos e inciertos de Antonio Prieto y Pastora Sánchez Frade se ha dictado la sentencia número 170/16 de la que, de entre otros pronunciamientos, se deberá publicar el siguiente extracto tal y como establece el artículo 497.2 de la Ley de enjuiciamiento civil:

Sentencia 170/16.

En Viveiro, 2 de diciembre de 2016.

Vanessa María Formoso Castro, magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Viveiro, examinadas las actuaciones ha dictado la siguiente sentencia:

Han sido vistos los presentes autos de juicio ordinario nº 308/2016, seguidos ante este Juzgado a instancia de Josefina Pérez Prado, representada por la procuradora Sra. Sabariz García y defendida por el letrado Sr. Fernández Fraga, en sustitución del letrado Sr. Fiuza Diego contra los herederos desconocidos e inciertos de Antonio Prieto y Pastora Sánchez Frade, no comparecidos y declarados en rebeldía.

(…).

Fallo:

Estimo la demanda interpuesta por Josefina Pérez Prado, representada por la procuradora Sra. Sabariz García y defendida por el letrado Sr. Fernández Fraga, en sustitución del letrado Sr. Fiuza Diego, contra los herederos desconocidos e inciertos de Antonio Prieto y Pastora Sánchez Frade, no comparecidos y declarados en rebeldía, y declaro que la finca registral nº 9337, tomo 316, libro 123, folio 197 del Registro de la Propiedad de Viveiro es propiedad de Josefina Pérez Prado; que la citada finca registral sita en la calle del Riego nº 9 de Viveiro es en la actualidad la finca nº 11 de la calle Díaz Freijo de Viveiro; y que la totalidad de la finca debe ser inscrita en el Registro de la Propiedad de Viveiro como de la titularidad de Josefina Pérez Prado, llevando a cabo la rectificación de los asientos registrales.

Procede la condena en costas de la parte demandada.

Líbrese testimonio de la presente, el cual se llevará a los autos de su razón, quedando el original en el presente libro.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, debiendo prepararse ante este juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación. Se advierte a la parte que desee recurrir que debe constituir un depósito de 50 euros en la cuenta del juzgado bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, no se dará trámite al recurso .

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y hallándose en paradero desconocido los heredereos desconocidos e inciertos de Antonio Prieto y Pastora Sánchez Frade, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma a la parte demandada.

Viveiro, 2 de diciembre de 2016

El letrado de la Administración de justicia