Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Miércoles, 27 de septiembre de 2017 Pág. 44134

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 12 de septiembre de 2017, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se da publicidad de la Resolución de 19 de julio de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Beán-Pereira II (Ordes-A Coruña).

El Acuerdo de la zona de Beán-Pereira II (Ordes-A Coruña) fue aprobado por la dirección general competente en materia de concentración parcelaria, con fecha 21 de diciembre de 2010, siendo notificado y publicado en la forma legalmente establecida.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de Ordes solicitó la cesión de la titularidad de las fincas números 273 y 501 para establecer puntos de captación de agua y número 327 para cementerio en el entorno de la iglesia de Pereira.

Vista la propuesta de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la disposición transitoria primera de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.

Dado el destino para el que se solicitan las referidas fincas, y respecto de que es perfectamente subsumible en el supuesto recogido en el artículo 32 de dicha ley gallega, esta dirección general

RESUELVE:

1. Modificar el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Beán-Pereira II (Ordes-A Coruña) y adjudicar al Ayuntamiento de Ordes la titularidad de las fincas números 273, 327 y 501 que causan baja en el fondo de tierras de la zona para ser destinados a los fines que se determina en la parte expositiva.

Transcurridos cinco años desde la cesión de las propiedades sin que las fincas fuesen destinadas a los fines para los que son adjudicados, la titularidad de las referidas fincas revertirá sobre el fondo de tierras de la zona, el patrimonio de la Comunidad Autónoma, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) u otra entidad que corresponda, según el caso.

2. Ordenar que a la presente resolución se le dé la oportuna publicidad, sin perjuicio de su notificación al Ayuntamiento de Ordes.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.

A Coruña, 12 de septiembre de 2017

Manuel Rodríguez Vázquez
Jefe territorial de A Coruña