De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia; en el artículo 10 del Decreto 44/1988, de 11 de febrero, por el que se desarrolla dicha ley; en el artículo 16.1.c) del Decreto 87/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de régimen interno del Consello Escolar de Galicia, y atendiendo a la designación formalizada por la Confederación Intersindical Galega (CIG), a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del catorce de septiembre de dos mil diecisiete,
DISPONGO:
Artículo 1
Que cese F. X. Anxo Louzao Rodríguez como miembro del Consejo Escolar de Galicia, en representación de las centrales sindicales más representativas en Galicia, propuesto por la Confederación Intersindical Galega (CIG).
Artículo 2
Nombrar miembro del Consejo Escolar de Galicia, en las condiciones determinadas en la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, en representación de las centrales sindicales con más representación en Galicia, propuesto por la Confederación Intersindical Galega (CIG), a Xesús Antón Bermello García.
Artículo 3
El mandato del nuevo miembro será por el tiempo que resta para completar el mandato de la representatividad que ostenta.
Disposición final
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, catorce de septiembre de dos mil diecisiete
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria