La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación de los expedientes sancionadores número XC-01764-O-2017 y ocho más, por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.
Se les otorga un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
A Coruña 25 de agosto de 2017
César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula |
Denunciado DNI/CIF |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
XC-01764-O-2017 6998-CSX |
Desbroces Beluso, S.L. B70251095 |
Atenuante-La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar. 8.4.2017; 16.44; AG-59; 1,0 |
Art. 141.25 en relación con el 140.35 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra d) LOTT |
401 euros |
XC-01999-O-2017 7464-DMH |
Grupo Jorcla 2010 B94035383 |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 8.5.2017; 16.12; AC-400; 61,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 euros |
XC-02045-O-2017 9895-BCK |
Hipermarco, S.L. B36282127 |
La realización de transporte privado al amparo de una autorización caducada, revocada o que, por cualquier otra causa, hubiera perdido validez. 9.5.2017; 8.29; AG-11; 40,0 |
Art. 141.14 LOTT |
Art. 143.1.e) LOTT |
601 euros |
XC-02080-O-2017 C-1560-CF |
Discalvo, S.L. B15405418 |
Atenuante-La utilización de hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso no homologadas o que resulten incompatibles con el tacógrafo utilizado. 10.5.2017; 9.35; SC-20; 2,0 |
Art. 142.19 en relación con el 141.11 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra a) LOTT |
201 euros |
XC-02085-O-2017 1709-FJW |
Transcámaras Areas, S.L. B70387139 |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 8.5.2017; 16.44; DP-0701; 6,0 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
XC-02097-S-2017 8160CDR |
José Luis Cámaras Areas 76819570F |
La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carezca del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado. 16.5.2017; 16.15 |
Art. 141.21 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
XC-02110-O-2017 2688-DPY |
Arias Logística y Transporte, S.L. B27288521 |
No identificar el transporte de mercancías peligrosas en el exterior del vehículo. 19.5.2017; 10.10; N-550; 76,5 |
Art. 140.15.11 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
XC-02140-O-2017 9895-BCK |
Hipermarco, S.L. B36282127 |
Insuficiente papel de impresión en el vehículo. 9.5.2017; 8.36; AG-11; 40,0 |
Art. 142.3 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
301 euros |
XC-02141-O-2017 9895-BCK |
Hipermarco, S.L. B36282127 |
No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible, o hacerlo de forma incorrecta. O no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en su poder. 9.5.2017; 8.29; AG-11; 40,0 |
Art. 140.22 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |