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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Miércoles, 20 de septiembre de 2017 Pág. 42899

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 13 de septiembre de 2017 por la que se modifica la Orden de 5 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia y a las agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

Con fecha 29 de mayo de 2017 (DOG núm. 100) se publicó la Orden de 5 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia y a las agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

En el artículo 10.2 de dicha orden se establecía que los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a acreditar la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto, antes de 30 de septiembre de 2017; en caso de no justificarse la totalidad del presupuesto del proyecto, la subvención será minorada en la misma proporción.

Teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, motivada por el elevado volumen de solicitudes recibidas y los retrasos experimentados en la tramitación de las enmiendas, con el fin de hacer viables los procesos de ejecución y justificación de las inversiones por parte de las entidades beneficiarias, sin que con eso se cause perjuicio a terceros, se considera necesario introducir modificaciones en el artículo 10.2 de la Orden de 5 de mayo de 2017.

Visto lo anterior,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 5 de mayo de 2017

Se modifica el artículo 10.2 de la Orden de 5 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia y a las agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2017, que queda redactada como sigue:

«Artículo 10. Aceptación, justificación y pagos

2. Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a acreditar la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto, antes del 30 de noviembre de 2017; en caso de no justificarse la totalidad del presupuesto del proyecto, la subvención será minorada en la misma proporción. En cualquier caso el beneficiario deberá justificar un porcentaje mínimo del 50 % del importe total de la inversión subvencionable; de no alcanzarse ese mínimo, se entiende que no se lograron los objetivos propuestos en la solicitud y, por lo tanto, se determinará la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida. El cumplimiento efectivo de los fines para los que fue concedida la ayuda se acreditará por medio de la presentación de original o copia compulsada y una copia de la siguiente documentación:».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de septiembre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria